Inquisición romana

gigatos | mayo 8, 2022

Resumen

Inquisición romana: término moderno para referirse a la inquisición papal reformada, que operó después de 1542 principalmente en los estados italianos, bajo la autoridad y el control del órgano central de la Curia Romana, la Sagrada Congregación de Roma y la Inquisición Universal, también conocida como el Santo Oficio.

En un sentido más estricto, el término se utiliza para referirse a la Sagrada Congregación Romana y a la propia Inquisición Universal, en cuyo caso debe escribirse con mayúscula como forma abreviada del nombre propio oficial de ese organismo.

Los tribunales locales de la Inquisición Romana existieron hasta 1860, mientras que la Sagrada Congregación de la Inquisición Romana y Universal sigue existiendo hoy en día bajo el nombre de Congregación para la Doctrina de la Fe.

Aunque los historiadores están de acuerdo en que la Inquisición romana era una institución distinta de la Inquisición papal medieval, es imposible trazar una línea temporal precisa entre las dos formas de inquisición. El proceso de transformación del sistema descentralizado de los tribunales medievales en la centralizada y burocrática Inquisición romana llevó muchas décadas y no fue uniforme a nivel local en todas partes. A diferencia de la Inquisición española, que rompió radicalmente con su predecesora medieval (incluso sustituyendo personal y creando nuevos tribunales desde cero), la Inquisición romana se formó de manera evolutiva, y cualquier fecha de corte sólo puede ser convencional.

Escribir la historia de la Inquisición romana es extremadamente difícil para los historiadores debido a la escasa documentación que ha llegado hasta nuestros días. Cuando, a finales del siglo XVIII y del XIX, los gobiernos ilustrados y luego revolucionarios abolieron los tribunales de la Inquisición, a menudo también destruyeron sus archivos. Los Archivos Centrales de la Congregación para la Doctrina de la Fe (ACDF) sólo están abiertos a la investigación científica desde 1998.

La inquisición papal en Italia a principios del siglo XVI

La inquisición papal, institución eclesiástica establecida en el siglo XIII para combatir la herejía, conservaba poco de su antiguo poder a principios del siglo XVI. Aunque la red de tribunales inquisitoriales cubría casi toda Europa, su importancia práctica era limitada. A partir de mediados del siglo XIII, los papas cedieron su poder de nombrar inquisidores en los distintos países a los generales y provinciales de las órdenes dominicanas y franciscanas, con el resultado de que el cargo pasó a ser considerado simplemente como parte del cursus honorum monástico. Muchos inquisidores ejercían también diversas funciones administrativas dentro de su orden o se dedicaban a labores académicas en las universidades, y trataban el cargo de inquisidor como una mera distinción honorífica.

En Italia, según los datos disponibles, los inquisidores papales fueron nombrados con regularidad en las regiones del norte de ese país por las autoridades de las órdenes dominica (Lombardía) y franciscana (provincias de Toscana, la Marca de Tréveris y Rumanía), e incluso su número aumentó en la primera mitad del siglo XVI. Lo que está menos claro es la situación en los distritos franciscanos del centro de Italia (los directorios conocidos de los inquisidores franciscanos en estas provincias, compilados a principios del siglo XVIII, casi no mencionan inquisidores de este período, y hubo una transferencia de estos distritos a los dominicos entre 1547 y 1569.

Cuando las sospechas sobre cristianos de origen judío (los llamados marranos) que profesaban secretamente el judaísmo se convirtieron en un grave problema en la Península Ibérica, los tribunales de la inquisición papal se mostraron completamente incapaces de afrontar la tarea de verificar estas acusaciones. Los gobernantes locales, con la aprobación de la Santa Sede, establecieron entonces nuevos tribunales inquisitoriales estatales-eclesiásticos (la Inquisición española en 1480, la portuguesa en 1536), que, aunque funcionaban con el mismo nombre, organizativamente no tenían prácticamente nada en común con la inquisición papal. A principios del siglo XVI, los reyes de España tenían bajo su jurisdicción a Sicilia, Cerdeña y el reino de Nápoles, y después de 1535 también el ducado de Milán quedó bajo su autoridad. En 1487 se estableció un tribunal de la Inquisición española en Sicilia, donde en la primera mitad del siglo XVI fue muy activo contra los marranos. A partir de 1492 también hubo un tribunal de la Inquisición española en Cerdeña. En el reino de Nápoles también se intentó introducir la Inquisición española, primero por el rey Fernando I (1510) y luego por Carlos V (1547). Aunque estos intentos no tuvieron éxito debido a la resistencia de la élite local, su efecto secundario fue la desaparición de las estructuras de la Inquisición dominicana, débilmente arraigadas en este reino.

Alternatives:La Reforma en ItaliaReforma en Italia

La Reforma, iniciada por Martín Lutero en 1517, separó a gran parte del norte de Europa de la Iglesia Católica en un tiempo relativamente corto. Las opiniones de Lutero y su colaborador Felipe Melanchthon, y un poco más tarde también las de Juan Calvino, penetraron también en Italia, donde gozaron de cierto interés en los círculos intelectuales, incluido el clero. Los partidarios de la Reforma nunca produjeron una doctrina o iglesia unificada; más bien, eran grupos vagamente afiliados, que se basaban simultáneamente en las opiniones de varios reformadores, incluido Erasmo de Rotterdam, que nunca rompió con la Iglesia católica. El principal inspirador de los protestantes italianos fue el teólogo español Juan de Valdés (m. 1541), autor del Alfabeto cristiano (publicado en imprenta en Venecia en 1545), cuya doctrina combinaba elementos del luteranismo, el calvinismo, el erasmismo y el misticismo español, pero que al mismo tiempo no exigía una ruptura con el papado. Entre los partidarios de las enseñanzas de Valdés se encontraban el general de la orden capuchina Bernardino Ochino, que huyó a Suiza en 1542, Pietro Carnesecchi, las aristócratas Giulia Gonzaga y Vittoria Colonna, e incluso algunos obispos como Vittore Soranzo de Bérgamo. Los cardenales Reginaldo Pole y Giovanni Girolamo Morone también eran sospechosos de simpatías provaldosianas. En la década de 1640 existían grupos religiosos disidentes en Cagliari, Palermo, Nápoles, Capua, Caserta, Viterbo, Siena, Faenza, Lucca, Bolonia, Ferrara, Módena, Mantua, Brescia, Cremona, Bérgamo, Casale, Padua, Vicenza, Venecia y Udine. La gran protectora de los círculos intelectuales pro-reforma fue la duquesa Renata de Valois de Ferrara.

En Piamonte, Calabria y Apulia vivían comunidades de valdenses, considerados herejes por la Iglesia, pero de hecho tolerados por las autoridades locales (tanto seculares como eclesiásticas), siempre que no hicieran alarde de sus creencias y pagaran los diezmos. A principios de la década de 1630, los valdenses piamonteses establecieron contactos con activistas suizos de la Reforma, entre ellos Guillermo Farel. En el sínodo de Chanforan de 1532, los valdenses italianos y franceses decidieron unirse al movimiento de la Reforma. Sin embargo, este hecho pasó desapercibido para las autoridades eclesiásticas de la época.

Creación de la Inquisición romana (1541)

La reacción de las autoridades eclesiásticas ante la penetración de las nuevas ideas en Italia no fue muy enérgica al principio. El primer documento papal que ordena a los inquisidores que presten atención al problema data de 1528. En la década de 1530 y principios de 1540 hubo juicios esporádicos contra los sospechosos de simpatías luteranas en Venecia, Módena y algunos otros centros, pero es difícil hablar de una persecución sistemática y un control permanente de la ortodoxia de los italianos, sobre todo porque las actividades de los tribunales locales carecían de coordinación. Esto tampoco cambió con el nombramiento, el 4 de enero de 1532, de un inquisidor general para toda Italia en la persona del canónigo lateranense Callisto Fornari da Piacenza. Además, había una fuerte corriente en la Iglesia que se mostraba conciliadora con la Reforma y optaba por el diálogo en lugar de la represión. Entre ellos, los cardenales Giovanni Girolamo Morone, Reginald Pole, el Maestro del Santo Palacio (más tarde cardenal) Tommaso Badia y muchos obispos. Sin embargo, esta corriente se debilitó considerablemente a principios de la década de 1540. En abril de 1541, las conversaciones con los protestantes en una conferencia en Ratisbona terminaron en un fracaso total, y un año después el general de la orden capuchina, Bernardino Ochino, huyó a Suiza y se convirtió abiertamente al protestantismo. El curso represivo se impuso entonces en la Curia romana. En vista de la debilidad de los tribunales locales, el Papa Pablo III decidió crear un organismo central para dirigir y coordinar las actividades antiheréticas. Esta decisión se aplicó en cuatro etapas:

Un poco antes, el 21 de abril de 1541, Pablo III creó un tribunal de inquisición en la ciudad papal de Aviñón, subordinado al vicelegado papal, que era entonces Jacopo Sadoleto, obispo de Carpentras.

Alternatives:Período inicial (1542-1555)Periodo inicial (1542-1555)

Los primeros años de la Inquisición romana están poco documentados. Se sabe que inició investigaciones sobre las opiniones de muchos clérigos católicos de alto rango que eran sospechosos de favorecer la Reforma. Entre los cardenales inquisidores de interés se encontraban el arzobispo de Otranto Pietro Antonio di Capua, el obispo de Chioggia Giacomo Nacchianti, el obispo de Capodistria Pier Paolo Vergerio, el patriarca de Aquileia Giovanni Grimani y el obispo de Bérgamo Vittore Soranzo. No todos fueron llevados ante la Inquisición y condenados. Pier Paolo Vergerio abandonó Italia y fue finalmente condenado en ausencia en 1550. El obispo Nacchianti, en cambio, consiguió exonerarse en 1549. El obispo Soranzo de Bérgamo fue encarcelado en 1551 y obligado a renunciar a sus opiniones, pero ni siquiera entonces se le permitió volver a ocupar la diócesis.

Las investigaciones llevadas a cabo contra los obispos y los líderes de los grupos disidentes a menudo requerían una acción fuera de Roma e incluso fuera de los límites del Estado de la Iglesia. En consecuencia, la Congregación delegó a sus comisarios para llevar a cabo investigaciones o interrogatorios específicos, por ejemplo, Annibale Grisonio se convirtió en comisario en Istria en 1548 en relación con una investigación contra Pier Paolo Vergerio, obispo de Capodistria, y el inquisidor dominico de Como Michele Ghislieri fue comisario en Bérgamo y Ferrara entre 1550 y 1551 en relación con, entre otras cosas, una investigación contra Vittore Soranzo, obispo de Bérgamo. En diciembre de 1551, Julio III nombró tres comisarios de la Inquisición romana para la Toscana, que fueron el benedictino Isidoro da Montauto, el vicario del arzobispo de Florencia Nicolò Duranti y el prebendado florentino Alessandro Strozzi. En el propio Estado Eclesiástico, que en virtud de los decretos de Inocencio IV de 1254 estaba sometido a inquisidores franciscanos, a partir de 1547 la Congregación fue eliminando a los franciscanos de las funciones de inquisidores, sustituyéndolos por dominicos (por ejemplo, en 1551 creó el tribunal de la inquisición en Perugia, dirigido por dominicos).

La Congregación fue asumiendo paulatinamente de las autoridades monásticas el derecho a nombrar inquisidores, por ejemplo a partir de 1550 nombró inquisidores en los distritos de Bolonia y Cremona.

La Congregación trató de presionar a los distintos estados italianos para que aceptaran y apoyaran las acciones de sus representantes y entregaran en sus manos a los principales sospechosos de herejía. Los contactos mejor documentados en estos asuntos son con la República de Venecia. Las autoridades de la República aceptaron tomar medidas enérgicas contra la difusión del protestantismo, pero defendieron su autonomía en este campo. A partir de 1546 se crearon varios nuevos tribunales inquisitoriales en la República (Belluno en 1546, Rovigo a más tardar en 1547, Verona en 1550, Vicenza en 1552). En abril de 1547 se reorganizó el tribunal en la propia Venecia; en adelante estaría formado por un inquisidor, el nuncio papal (o su representante), el patriarca veneciano (o su vicario) y tres funcionarios laicos, los llamados tre Savii sopra eresia. También en Bérgamo y Brescia (a partir de 1548) y en otros tribunales locales de la República, los funcionarios laicos debían formar parte de los tribunales de la Inquisición.

El ducado de Ferrara y Módena, gobernado por la dinastía D»Este, también estaba sometido a una fuerte presión por parte de Roma. La esposa del duque Ercole II de Este, Renata de Valois, era partidaria de la Reforma, y la corte ducal era un refugio seguro para los protestantes italianos y extranjeros (en 1536 Ferrara recibió la visita del propio Calvino). Dado que el inquisidor local Girolamo Papini estaba estrechamente relacionado con el tribunal, la Congregación envió a sus propios comisarios a Ferrara. Bajo su presión, el duque Ercole aceptó la ejecución de uno de los principales protestantes de Italia, Fanino Fanini (en 1550). En 1554 la duquesa Renata hizo formalmente una profesión de fe ortodoxa y renunció a la herejía protestante, y tres años más tarde el gentil inquisidor Papini murió y Roma lo sustituyó por el más enérgico Camillo Campeggio.

La República de Lucca, uno de los principales centros de la Reforma italiana, se negó a establecer un tribunal de la Inquisición romana. En su lugar, en 1545 se creó la Oficina para las Religiones (Officio sopra la Religione), un tribunal estatal y laico para combatir la herejía. Esta oficina mantuvo su independencia de la Congregación, lo que, sin embargo, no impidió la consulta mutua. El establecimiento directo de un tribunal inquisitorial también fracasó en el reino de Nápoles, dependiente de España. Sin embargo, el cardenal Gian Pietro Carafa, uno de los inquisidores generales, era al mismo tiempo arzobispo de Nápoles y, haciendo uso de sus prerrogativas, nombró en 1553 a su vicario arquidiocesano Scipione Rebiba como comisario de la Inquisición romana en Nápoles.

También se registraron acciones antiheréticas durante este periodo en otras ciudades, como Como, Cremona (donde se estableció un tribunal independiente en 1548. La conversión del anabaptista Pietro Manelfi ante el inquisidor de Bolonia, Leandro Alberti, en 1551, llevó a la revelación de muchos vínculos entre anabaptistas italianos y luteranos de alcance internacional. Esta información fue transmitida por el inquisidor a Roma, y de allí pasó a las autoridades venecianas, que tomaron medidas represivas, pero con un éxito moderado.

La Congregación de la Inquisición Romana pronto adquirió una posición fuerte dentro de la Curia Romana. Durante el Cónclave de 1549-1550, el cardenal Carafa utilizó la información recogida durante las investigaciones para socavar la ortodoxia de uno de los principales candidatos, el inglés Reginald Pole. Durante el pontificado del entonces elegido Papa Julio III (1550-1555), hubo frecuentes disputas entre el Papa y Carafa y otros cardenales inquisidores. Julio III abogó por una actitud indulgente con los herejes y, al menos en algunos casos, intervino a favor de los acusados. El 29 de abril de 1550 promulgó un reglamento muy importante que permitía a los herejes arrepentidos obtener la absolución de los inquisidores en privado (in foro interno), sin tener que renunciar públicamente (in foro esterno) a la herejía (abiuración) y a la humillación que ello conllevaba. El cardenal Carafa, que era la personalidad dominante en la Congregación, al no poder contar con el pleno apoyo del Papa, no dudó en emprender acciones inquisitoriales sin su conocimiento y consentimiento.

En abril de 1555, el cardenal inquisidor Marcello Cervini se convirtió en el papa Marcelo II, pero su pontificado duró sólo unas semanas.

El pontificado de Pablo IV (1555-1559)

En 1555, el propio Gian Pietro Carafa asumió el trono papal como Papa Pablo IV. La estatura de la Inquisición romana en toda la Iglesia aumentó entonces, especialmente porque Pablo IV siguió asistiendo personalmente a las reuniones de la Congregación y dirigiendo su trabajo. El 14 de diciembre de 1558, el cardenal Michele Ghislieri fue nombrado por Pablo IV «Gran Inquisidor de toda la cristiandad» y primer jefe formal de la Congregación, lo que supuso un paso más para dar una forma más organizada a la institución. Este Papa emitió varios decretos ordenando que los autores de ciertas transgresiones (por ejemplo, el unitarismo, la profanación de la Eucaristía, la celebración de la misa sin la ordenación sacerdotal) fueran castigados con la muerte aunque mostraran arrepentimiento y no fueran reincidentes. También amplió los poderes de los inquisidores a transgresiones que antes no eran de su competencia (por ejemplo, la simonía). Además, este Papa prohibió a los confesores absolver a los penitentes de errores doctrinales; dichas personas, para obtener la absolución, debían presentarse ante el inquisidor y confesar sus transgresiones.

Las investigaciones durante el pontificado de Pablo IV involucraron incluso a cardenales. El cardenal Giovanni Girolamo Morone fue encarcelado por orden suya. El Papa también ordenó una investigación contra el cardenal Reginald Pole, en una época en la que era legado en Inglaterra y apoyaba la recatolización de ese país. Sin embargo, la muerte prematura de Pole le salvó de la detención. También se acusó de herejía a varios obispos, como Andrea Centanni de Limassol, Vittore Soranzo de Bérgamo y Giovanni Tommaso Sanfelice de Cava de» Tirreni. El 15 de febrero de 1559, Pablo IV emitió la bula Cum ex apostolatus officio, en la que declaraba que la elección de un hereje para la sede de Pedro era nula de pleno derecho.

Pablo IV endureció su política sobre los judíos y los marranos, es decir, los judíos sospechosos de falsa conversión al cristianismo. En 1555 se estableció un gueto en Roma y, en la primavera de 1556, los comisarios de la Inquisición romana condenaron a 24 marranos a la hoguera en Ancona.

En 1559 Pablo IV publicó el primer índice oficial de libros prohibidos, aunque los tribunales locales, así como algunas universidades, ya habían publicado listas de libros prohibidos. Sin embargo, en la República de Venecia se crearon cuatro nuevos tribunales (Udine en 1556, Feltre y Capodistria en 1558, Portogruaro en 1559).

Como el gobierno de Pablo IV era muy impopular, tras su muerte en 1559 se produjeron disturbios en Roma, durante los cuales una turba saqueó el edificio de la Inquisición romana y destruyó o saqueó gran parte de su documentación.

El pontificado de Pío IV (1559-1565)

La muerte de Pablo IV y el ascenso al trono papal de Pío IV (1559-1565) provocaron una reducción de la influencia de la Congregación en la Curia Romana. El nuevo Papa, a pesar de ser él mismo uno de los cardenales inquisidores, desestimó los cargos contra el cardenal Morone y revocó algunos de los decretos de Pablo IV que ampliaban los poderes de la Inquisición a ciertos actos no relacionados directamente con la herejía. A pesar de ello, sus actividades no se resintieron mucho.

El 18 de junio de 1564, el Papa Pío IV ordenó a los tribunales locales que enviaran informes periódicos de sus actividades al Gran Inquisidor Ghislieri, un paso importante en la centralización de la Inquisición romana. El 2 de agosto de 1564, Pío IV transformó finalmente la Congregación en un órgano permanente de la Curia Romana.

Bajo Pío IV, se resolvieron las disputas con la República de Venecia sobre el funcionamiento de la Inquisición en ese país. Según el acuerdo de 1560, el inquisidor de Venecia debía ser siempre un dominico, y también se estableció un nuevo tribunal para la diócesis de Ceneda (1561). A partir de entonces, la cooperación de la Congregación con la República en la lucha contra la herejía se desarrolló sin mayores sobresaltos.

En 1561, las autoridades españolas del reino de Nápoles organizaron una expedición armada contra los centros valdenses de Calabria. Las tropas estaban acompañadas por los dominicos Giulio Pavesi y Valerio Malvicino como comisarios de la Inquisición romana. Como los valdenses opusieron resistencia armada, la expedición se convirtió en una sangrienta matanza; los pueblos de Guardia y San Sixto fueron arrasados, más de 2.000 valdenses fueron asesinados y más de 1.300 fueron encarcelados. Roma, al enterarse de la masacre, decidió cambiar su política hacia los herejes calabreses y decidió enviar misioneros jesuitas a la zona.

En 1561, Pío IV estableció un tribunal de la Inquisición en Malta.

Pío IV clausuró el Concilio de Trento. Tras su conclusión, promulgó un nuevo índice actualizado de obras prohibidas (1564). Durante su pontificado, la Congregación también continuó los juicios contra jerarcas sospechosos de favorecer el protestantismo. El más notable de estos jerarcas fue el cardenal francés Odet de Coligny de Châtillon, que se había convertido abiertamente al calvinismo. Fue condenado el 31 de marzo de 1563 y despojado de sus cargos y dignidades eclesiásticas, pero la Congregación no consiguió que fuera detenido y extraditado por Francia.

En 1563, Pío IV y su sobrino, el arzobispo de Milán Carlos Borromeo, apoyaron la oposición local contra la introducción de la Inquisición española en el Ducado de Milán. Como resultado, el rey Felipe II de Habsburgo de España tuvo que abandonar estos planes.

El pontificado de Pío V (1566-1572)

En enero de 1566, el antiguo Gran Inquisidor Michele Ghislieri se convirtió en el nuevo Papa como Pío V. Su pontificado supuso el apogeo de la persecución de los simpatizantes de la Reforma en Italia. La Congregación del Santo Oficio obligó efectivamente a las autoridades locales a entregar en sus manos a los líderes de los grupos disidentes, por ejemplo, en 1566 el duque de Toscana Cosme I Medici aceptó extraditar a Roma a Pietro Carnesecchi, uno de los principales partidarios de la doctrina de Juan Valdés. Fue ejecutado en Roma el 1 de octubre de 1567. En total, bajo Pío V, se produjeron en Roma más de treinta ejecuciones por sentencia de la Inquisición romana y, siguiendo el ejemplo de la Inquisición española, se llevaron a cabo en público, tras grandiosas ceremonias penitenciales llamadas auto da fe.

Durante su pontificado también se llevaron a cabo acciones represivas a gran escala contra los simpatizantes de la Reforma en Faenza, Bolonia, Ferrara, Módena, Mantua, Venecia y, sobre todo, en Aviñón, donde en 1574 se habían dictado más de 800 sentencias de muerte (aunque muchas de ellas en rebeldía).

Pío V también emitió una serie de decretos relativos a la estructura territorial y organizativa de la Inquisición. Creó un nuevo tribunal inquisitorial en Faenza (1567) y finalmente confirmó que los inquisidores de las provincias de Romaña y de la Marca Ancona debían ser exclusivamente dominicos y no franciscanos. Además, en 1569 Pío V decidió quitar a los franciscanos varios distritos inquisitoriales que se les habían confiado en el siglo XIII y dárselos a los dominicos (Verona, Vicenza), alegando que los franciscanos habían descuidado el ejercicio del oficio inquisitorial. También emitió decretos que conferían beneficios específicos a los inquisidores u obligaban a los obispos a pagarles salarios fijos, lo que dio a muchos tribunales una relativa independencia financiera.

A la muerte de Pío V, en 1572, la Inquisición en Italia era ya una institución muy diferente a la de treinta años antes, mucho más centralizada y burocrática.

El pontificado de Gregorio XIII (1572-1585)

Gregorio XIII no concedió tanta importancia como Pío V a las actividades de la Inquisición, pero no introdujo ningún cambio significativo en este ámbito, dejando vía libre a la Congregación. La Inquisición en su época limitó las ceremonias penitenciales auto da fe públicas, frecuentes bajo Pío V, también debido a su uso propagandístico por parte de los polemistas del campo protestante. Además, las represiones de finales de los años sesenta eliminaron los principales grupos de partidarios de la Reforma en Italia, reduciendo así la necesidad de estas actividades. En consecuencia, el pontificado de Gregorio XIII inició un giro gradual del interés de los inquisidores hacia asuntos distintos de las herejías protestantes, como la magia, la superstición, ciertas transgresiones sexuales (bigamia, solicitación) u opiniones no ortodoxas expresadas por los católicos ordinarios. En 1582, una docena de personas acusadas de brujería fueron quemadas en Aviñón, uno de los últimos episodios de este tipo en la historia de la Inquisición romana. Un número particularmente grande de casos bajo Gregorio XIII se refería a la sospecha de criptojudaísmo. En 1576, también terminó el proceso de Bartolomé Carranza, arzobispo de Toledo, que duró 17 años.En 1578, Gregorio XIII estableció un tribunal de inquisición en Zadar, en Dalmacia (que pertenecía a Venecia).

Los jefes de la Inquisición romana bajo Gregorio XIII fueron sucesivamente los cardenales Scipione Rebiba (hasta 1577) y Giacomo Savelli (1577-1587). Bajo su mandato aumentó el control de la Congregación sobre los tribunales locales. En 1580, los inquisidores locales debían presentarle informes anuales con la lista de condenas y, dos años más tarde, presentar estados de ingresos y gastos. Con el fin de proporcionar a los tribunales unos ingresos regulares, Gregorio XIII emitió también decretos adicionales que les concedían salarios y beneficios. En 1578, el canonista español Francisco Peña, activo en Roma, publicó en imprenta y con comentarios un manual para inquisidores de Nicolas Eymeric titulado Directorium Inquisitorum.

El 16 de septiembre de 1572, Gregorio XIII creó la Congregación del Índice, encargada de la censura de las publicaciones y de la publicación del Índice de Libros Prohibidos en colaboración con la Congregación de la Inquisición Romana.

El pontificado de Sixto V (1585-1590)

El sucesor de Gregorio XIII, Sixto V, todavía como Felice Peretti OFMConv fue Inquisidor de Venecia (1557-1560). Su pontificado fue en muchos sentidos un punto de inflexión para la Inquisición romana. El 22 de enero de 1588 emitió la bula Immensa aeterni, que reformaba la Curia Romana y la administración del Estado eclesiástico. El Santo Oficio, a partir de entonces llamado oficialmente Suprema Sagrada Congregación de la Inquisición Romana y Universal, se convirtió en una parte permanente del gobierno papal. Bajo Sixto V, la Congregación asumió de las autoridades religiosas el derecho a nombrar inquisidores en los últimos distritos que aún conservaban la autonomía en este sentido (Milán en 1587, Parma en 1588). Se trata de una especie de sellado del proceso de centralización de la Inquisición romana y de la subordinación de los tribunales locales a la Congregación. La Congregación también estrechó lazos con los pocos tribunales inquisitoriales que aún funcionaban en esa época al norte de los Alpes (por ejemplo, Besançon en 1588). En 1585 se organizó también en Nápoles un tribunal inquisitorial permanente con un representante de la Congregación, titulado Ministro Delegado de la Inquisición en Nápoles.

En 1586, debido a la grave enfermedad del Gran Inquisidor Giacomo Savelli, el Papa creó el cargo de Cardenal Secretario de la Inquisición Romana, al que se dirigiría en adelante toda la correspondencia. Este cargo fue asumido por el cardenal Giulio Antonio Santori. Santori, como cardenal secretario, dejó una importante huella en la institución, tanto más cuanto que, tras la muerte de Savelli en 1587, se suprimieron los nuevos nombramientos para el cargo de Gran Inquisidor, convirtiendo al secretario en el jefe de facto de la Congregación. En cuatro cónclaves sucesivos, entre 1590 y 1592, Santori fue un serio candidato al trono papal. Consiguió impulsar y consolidar entre los inquisidores un enfoque racional del problema de la brujería y las brujas (incluyendo especialmente los supuestos vuelos sabáticos). Gracias a ello, desde finales del siglo XVI la Inquisición romana no sólo no quemó a las brujas en la hoguera, sino que, de hecho, intervino muchas veces en procesos iniciados por tribunales seculares, salvando la vida de los acusados (por ejemplo, en Triora, en Liguria, en 1588). Sin embargo, la bula Coeli et terrae de Sixto V, de enero de 1586, amplió los poderes de los inquisidores a prácticamente todas las formas de prácticas mágicas, como la astrología, la adivinación y la invocación de demonios. Así, aunque la Inquisición romana no participaba en la persecución de los presuntos participantes en los sabbats, perseguía sistemáticamente a las personas que se entregaban a diversos tipos de prácticas mágicas.

Durante el pontificado de Sixto V, las últimas ejecuciones documentadas de partidarios de la Reforma italiana tuvieron lugar en Venecia y Bolonia. Aunque en años posteriores también se produjeron ejecuciones de protestantes en Italia, éstas tuvieron como protagonistas a extranjeros.

Período de estabilización (c. 1590 – siglo XVIII)

El pontificado de Sixto V cierra el periodo de formación y desarrollo de la Inquisición romana como institución y al mismo tiempo inicia el periodo de estabilización de sus actividades. Ya a finales del siglo XVI, sus representantes hablaban del «estilo de la Inquisición» establecido (stylus officii Inquisitionis) que se había desarrollado. Los tribunales inquisitoriales en Italia continuaron sus actividades casi sin ser molestados hasta al menos la mitad del siglo XVIII, sin encontrar una oposición que cuestionara el sentido mismo de su existencia y actividad.

Después de 1588 se crearon varios tribunales nuevos. En 1598, tras la incorporación de Ferrara al estado eclesiástico, la jurisdicción del tribunal local excluyó los distritos que habían permanecido bajo la autoridad de los duques de Este y creó para ellos los tribunales de Módena y Reggio Emilia. En 1614 Pablo V estableció un tribunal en Crema, que era un exclave veneciano rodeado de tierras pertenecientes al Ducado de Milán. También se crearon tres nuevos tribunales en el Estado de la Iglesia durante el siglo XVII: Fermo y Gubbio en 1631 y Spoleto en 1685.

La Inquisición romana siguió siendo una de las instituciones más influyentes de la Iglesia durante este periodo. De los 24 papas elegidos entre 1590 y 1800, hasta trece eran cardenales inquisidores en el momento de su elección:

Aunque los papas Clemente X (Emilio Altieri, 1670-1676) e Inocencio XII (Antonio Pignatelli, 1691-1700) no fueron cardenales inquisidores, el primero, antes de su promoción cardenalicia, fue durante muchos años (1661-1669) consultor de la Congregación del Santo Oficio y el segundo ocupó el cargo de inquisidor en Malta de 1646 a 1649.

Además, los papas Urbano VIII (Maffeo Barberini, 1623-1644) y Pío VI (Giovanni Angelo Braschi, 1775-1799) sólo fueron miembros de la Congregación del Índice (Urbano VIII fue incluso su prefecto).

La Congregación del Santo Oficio y la Congregación del Índice incluían también a muchos cardenales eminentes y universalmente respetados, como el posteriormente canonizado Roberto Bellarmin (1542-1621), el historiador y escritor Guido Bentivoglio (1577-1644) y el estimado experto en la historia y las resoluciones del Concilio de Trento, Francesco Maria Sforza Pallavicini (1607-1667).

Tras el desmoronamiento de los grupos protestantes organizados, la Inquisición se dedicó principalmente a vigilar la ortodoxia y la moralidad de los católicos de a pie, lo que se tradujo también en una disminución del número de juicios formales, así como de la severidad de los castigos impuestos. El número de condenas a muerte, que seguía siendo relativamente alto durante el pontificado de Clemente VIII (1592-1605), disminuyó constantemente y, hacia mediados del siglo XVII, la Inquisición romana dejó básicamente de utilizar este castigo. Las escasas excepciones que aún se daban hasta 1761 se referían casi exclusivamente a dos categorías particulares de transgresión: la profanación de las hostias consagradas y la celebración de la misa sin ordenación sacerdotal. En 1677, el Papa Inocencio XI confirmó las ordenanzas de Pablo IV de 1559, ya algo olvidadas, que castigaban tales actos con la muerte. El único hereje conocido ejecutado por la Inquisición romana tras la muerte del Papa Urbano VIII (1644) fue Vincenzo Pellicciari, ejecutado en Módena en 1727. La pena de muerte que se le impuso por sus opiniones poco ortodoxas sobre la Virgen María fue decidida personalmente por el Papa Benedicto XIII en contra de la opinión de los cardenales inquisidores. Sin embargo, la notable disminución del número de ejecuciones en comparación con el siglo XVI no implica necesariamente una menor actividad de los tribunales. Si bien los tribunales de Venecia y Udine experimentaron un importante descenso en el número de casos tratados a partir de 1650, los tribunales de Siena, Módena y Malta mantuvieron un nivel de actividad muy elevado hasta el final de su existencia.

Los años 1596, 1664, 1681, 1711, 1758 y 1786 fueron testigos de la publicación de ediciones revisadas del Índice de Libros Prohibidos, cuya aplicación no era poca cosa para los inquisidores. Los siglos XVII y XVIII también vieron surgir nuevas ideas y movimientos que la Iglesia consideraba peligrosos para su doctrina. En esta época, uno de los principales problemas doctrinales dentro de la Iglesia eran los movimientos místicos y devocionales sospechosos de desviarse de la ortodoxia, como el quintismo y el jansenismo. La condena del aprismo por parte de Inocencio XI en 1687 dio lugar a un juicio contra el cardenal Pier Matteo Petrucci, partidario de estas ideas. Como resultado, este cardenal tuvo que renunciar a sus opiniones. El jansenismo, en cambio, obtuvo el mayor apoyo en Francia y los Países Bajos, es decir, fuera del alcance de los tribunales de la Inquisición romana. En 1738, el Papa Clemente XII condenó la masonería y sus miembros se encontraron en el interés de los tribunales de la inquisición. Un caso famoso fue el juicio del poeta toscano y secretario de la logia masónica de Florencia, Tommaso Crudelli, que fue detenido por el tribunal florentino en 1739 y pasó casi dos años en prisión. Sin embargo, a la larga, la Inquisición no pudo impedir las actividades de las logias masónicas en Italia.

Uno de los episodios más famosos y a la vez más controvertidos de la historia de la Inquisición romana es la condena de la obra de Nicolás Copérnico Sobre las revoluciones de las esferas celestes en 1616 y la condena en 1633 de Galileo Galilei (1564-1642) a arresto domiciliario como defensor de la teoría heliocéntrica. La literatura heliocéntrica se incluyó entonces en el Índice de Obras Prohibidas. La prohibición general de leer y publicar este tipo de literatura fue levantada por Benedicto XIV en 1757, pero algunas publicaciones individuales (incluyendo la obra de Copérnico) seguían en el Índice de 1819. No fue hasta 1822 cuando la Congregación del Índice reconoció que la teoría heliocéntrica había sido probada científicamente y las publicaciones que exponían este hecho podían aparecer sin ningún impedimento. La siguiente edición del Índice, en 1835, ya no contenía este tipo de literatura. En 1992, el Papa Juan Pablo II rehabilitó oficialmente a Galileo Galilei.

Aunque hasta mediados del siglo XVIII en Italia no se cuestionaba en principio el punto de la Inquisición, esto no excluía las disputas a nivel local, generalmente de carácter jurisdiccional. Las autoridades de los estados del norte de Italia intentaron casi desde el principio influir en las actividades de los tribunales y limitar la injerencia directa de Roma. En la República de Venecia, a partir de 1547, los representantes de las autoridades seculares formaban parte de los tribunales. En Génova, la injerencia de las autoridades se intensificó a partir de la década de 1570 y condujo a una importante reducción de la independencia del tribunal inquisitorial, incluso imponiendo al inquisidor la asistencia de «protectores» laicos.

Los conflictos en el Ducado de Saboya fueron especialmente agudos bajo Víctor Amadeo II (reinado. 1675-1730). A partir de 1698, este gobernante vetó los nombramientos inquisitoriales realizados por la Congregación, lo que provocó gradualmente vacantes permanentes en los puestos inquisitoriales de la mayoría de los tribunales saboyanos (Saluzzo y Asti en 1698, Turín en 1708, Alessandria en 1709, Vercelli en 1712, Casale Monferrato en 1713, Mondovì en 1717). Esto no supuso la abolición de estos tribunales, pero sí rebajó su rango, ya que sólo estaban dirigidos por vicarios y no por inquisidores de pleno derecho. Además, Víctor Amadeo II favoreció, en materia de fe, a los tribunales episcopales y seculares frente a la Inquisición, cuya jurisdicción, además, sólo abarcaba una parte del territorio nacional, ya que la diócesis de Niza, la abadía territorial de Pinerolo y la archidiócesis de Tarentaise y sus sufragáneas (Ginebra-Annecy, Maurienne y Aosta) no estaban sometidas a ella. En consecuencia, a principios del siglo XVIII se produce en Saboya un notable incremento de la actividad de los tribunales laicos en ámbitos hasta entonces dominados por la Inquisición, como los juicios por brujería. Esta situación se mantuvo hasta el final de la existencia de la Inquisición en ese país.

Abolición de los tribunales locales de inquisición (1746-1809)

El siglo XVIII fue el periodo de la Ilustración, el desarrollo de ideas de tolerancia religiosa y una nueva visión de la relación entre el Estado y la Iglesia. Estas ideas fueron condenadas por la Iglesia y muchos autores de la Ilustración fueron incluidos en el Índice, pero la Inquisición no pudo evitar la difusión de estas opiniones entre la élite italiana, incluso en las cortes de los gobernantes. La influencia de las ideas de la Ilustración se manifestó inicialmente en el aumento de la injerencia del Estado en los asuntos religiosos y en la limitación de las competencias de las instituciones eclesiásticas, incluida la Inquisición, pero finalmente condujo al proceso de abolición de los tribunales inquisitoriales, considerados por los filósofos de la Ilustración como un anacronismo perjudicial. Un ejemplo de limitación de los poderes de la Inquisición puede ser la toma de control de la censura de publicaciones por parte de los funcionarios del Estado en el Gran Ducado de Toscana en 1743, o la retirada de los privilegios fiscales a los miembros de las cofradías seculares que apoyaban a la Inquisición, conocidos como crocesignati.

El primer estado italiano que abolió la Inquisición fue el reino de Nápoles. Ya en 1692, como resultado de un conflicto con las autoridades locales, el último ministro delegado de la Inquisición, el obispo Giovanni Battista Giberti (fallecido en 1720), fue exiliado. El tribunal de la Inquisición en esta ciudad siguió funcionando durante más de medio siglo, aunque estaba dirigido por funcionarios arquidiocesanos de menor rango subordinados al vicario general. Influido por las crecientes críticas al procedimiento inquisitorial, el rey Carlos VII de Borbón promulgó el 29 de diciembre de 1746 un decreto por el que se disolvía el tribunal inquisitorial napolitano y se ordenaba que todos los juicios en materia de fe fueran llevados a cabo en lo sucesivo por tribunales diocesanos ordinarios según el procedimiento penal estándar (la llamada vía ordinaria).

El siguiente estado italiano que intentó abolir la Inquisición fue el ducado de Parma y Piacenza. El duque Fernando I de Parma, de la dinastía de los Borbones, fue inicialmente partidario de las ideas de la Ilustración, y su primer ministro fue el francés Guillaume Du Tillot, que llevó a cabo muchas reformas en el país. El 9 de febrero de 1768, el gobierno del ducado exilió al inquisidor de Piacenza, Francesco Vincenzo Ciacchi, por negarse a cumplir los decretos anteriores que abolían los privilegios fiscales de los crocesignati. Un año más tarde, el 27 de febrero de 1769, muere el inquisidor de Parma, Pietro Martire Cassio, y ese mismo día el gobierno promulga un decreto que suprime formalmente la inquisición en el principado. Sin embargo, ya en 1771, debido a las intrigas de la corte, Tillot fue desterrado y la facción conservadora asociada a la princesa María Amalia Habsburgo tomó el poder. El 29 de julio de 1780 se firmó un concordato entre el príncipe Fernando I y la Santa Sede, por lo que el 2 de agosto de 1780 se restablecieron los tribunales de Parma y Piacenza. La abolición definitiva de la Inquisición sólo tuvo lugar tras la muerte de Fernando I y la ocupación del ducado por las tropas francesas. El 3 de junio de 1805 se suprimen los conventos dominicanos de Parma y Piacenza, sedes de la Inquisición.

El siguiente estado en abolir la Inquisición fue el Ducado de Milán, gobernado por Austria, pero el proceso, planeado al menos desde 1771, tardó casi una década. Tras la muerte de los inquisidores de Pavía (23 de febrero de 1774) y Cremona (26 de enero de 1775), las autoridades austriacas se negaron a nombrar a sus sucesores. El 9 de marzo de 1775, la emperatriz María Teresa promulgó un decreto por el que se suprimían los tribunales inquisitoriales, con la condición de que los inquisidores de Milán y Como, aún vivos, conservaran sus salarios y títulos de por vida. El último inquisidor de Milán, Giovanni Francesco Cremona, murió el 10 de marzo de 1779, mientras que el tribunal de Como existió hasta el 9 de mayo de 1782. En el vecino principado de Mantua, también gobernado por Austria pero formalmente separado, el tribunal de la Inquisición fue abolido en abril de 1782 por el emperador José II, sucesor de María Teresa.

A Milán y Mantua les siguió la Toscana, donde Pedro Leopoldo Habsburgo, hijo de María Teresa, fue Gran Duque desde 1765. La independencia y los poderes de los tribunales inquisitoriales locales habían sido sistemáticamente recortados desde la década de 1740, y finalmente fueron disueltos por un decreto ducal de 5 de julio de 1782.

La abolición de la Inquisición en el Principado de Módena siguió un curso similar al de los principados de Milán y Piacenza y Parma. Cuando el inquisidor de Reggio Emilia, Carlo Giacinto Belleardi, falleció en junio de 1780, el duque Ercole III d»Este se negó a nombrar un sucesor y, mediante un decreto del 24 de junio de 1780, abolió el tribunal de Reggio Emilia y subordinó su distrito al tribunal de la capital, Módena. Cinco años más tarde, el 6 de septiembre de 1785, murió el inquisidor de Módena, Giuseppe Maria Orlandi, y ese mismo día el duque promulgó un decreto por el que se abolía la inquisición en el principado.

Al estallar la Revolución Francesa en 1789, la Inquisición romana seguía activa en el Estado de la Iglesia (incluido Aviñón), la República de Venecia, la República de Génova, los Ducados de Parma y Piacenza, la parte continental del Reino de Cerdeña (es decir, el Piamonte) y en Malta y Colonia. La abolición de los tribunales inquisitoriales en estos países no fue el resultado de una decisión soberana de sus gobernantes, sino de una invasión por parte de la Francia revolucionaria (y posteriormente napoleónica), y tuvo lugar en medio de la agitación de la guerra. Teniendo en cuenta este hecho, en el estado actual de la investigación no siempre es posible establecer las fechas precisas de disolución de determinados tribunales, y es posible que en algunos casos no se haya dictado nunca ningún acto formal al respecto.

En 1790, las tropas francesas ocuparon el exclave papal de Aviñón y exiliaron inmediatamente al inquisidor de ese lugar, Jean-Baptiste Mabila. Cuatro años más tarde, los franceses ocuparon Colonia y sus tropas guarnecían el monasterio dominicano de la ciudad, que había sido la sede del inquisidor Jacinto Franck (fallecido después de 1796). Así, el último tribunal no italiano fue abolido.

En Génova, el tribunal de la inquisición fue probablemente abolido por las autoridades de la República de Liguria creada por el general Napoleón Bonaparte, pero no se ha conservado ningún acto que lo disuelva formalmente. Sobre la base de los registros financieros que se conservan, se puede determinar que el momento probable de su liquidación fue febrero de 1798.

Malta fue ocupada por la flota francesa en junio de 1798, pero ya el 26 de mayo el inquisidor local Giulio Carpegna abandonó la isla. El 13 de julio de 1798, las autoridades francesas emitieron un decreto que disolvía todos los tribunales eclesiásticos existentes en Malta, incluido el tribunal de la Inquisición.

Los tribunales inquisitoriales del Piamonte (Saluzzo, Asti, Turín, Novara, Casale, Mondovì, Alessandria, Vercelli y Tortona), algunos de ellos dirigidos únicamente por vicarios, fueron abolidos el 28 de enero de 1799 por un gobierno provisional títere formado por las tropas francesas tras ocupar la región unas semanas antes. Sin embargo, poco después, en mayo de 1799, los franceses fueron expulsados del Piamonte por los austriacos y los rusos, que restauraron al rey Carlos Manuel IV en el poder. El 28 de julio de 1799, el gobierno monárquico emitió un decreto para restablecer la Inquisición. Sin embargo, la restauración de la monarquía duró poco. Menos de un año después, los franceses volvieron a ocupar el Piamonte y el Consejo del Piamonte (Consulta del Piemonte) creado por ellos mediante el decreto del 23 de julio de 1800 suprimió definitivamente los tribunales locales.

Es mucho más difícil establecer la cronología de la liquidación de los tribunales en la República de Venecia, ya que el Estado dejó de existir como consecuencia de la invasión francesa en 1797, y se crearon repúblicas municipales revolucionarias en muchas de las ciudades anteriormente sometidas a él (por ejemplo, Crema, Bérgamo). Por el tratado de paz de Campo Formio (17 de octubre de 1797), la mayor parte del territorio de la República se anexionó a Austria, pero varios distritos occidentales pasaron a formar parte de la República Cisalpina, creada unos meses antes. Se sabe que en el transcurso de 1797 se suprimieron los tribunales de Venecia (probablemente en mayo), Brescia (29 de mayo), Rovigo (9 de junio), Vicenza (2 de julio), Verona (4 de julio), Padua (17 de julio), Bérgamo (probablemente en julio) y Crema (12 de agosto), aunque en el caso de Venecia y Bérgamo no es posible establecer fechas diarias concretas. En cambio, los tribunales que operaban en las tierras que habían sido ocupadas por Austria en 1797 (Belluno, Udine, Capodistria, Zadar, Treviso y Conegliano) continuaron durante unos años más, pero en 1805 estas tierras también pasaron a estar bajo el dominio francés y se convirtieron en parte del entonces formado Reino de Italia. El último inquisidor de Belluno, Damiano Miari, murió en 1805. El 28 de julio de 1806 se disolvieron los conventos franciscanos de Belluno, Treviso, Udine, Capodistria y Conegliano, sedes de los tribunales de la Inquisición. El convento dominicano de Zadar, en Dalmacia, fue liquidado por los franceses poco después, el 8 de enero de 1807.

Tan difícil como lo fue para los tribunales venecianos es establecer la cronología de la liquidación de los tribunales en el Estado de la Iglesia. A partir de 1796 estallaron revueltas contra el dominio papal en estas tierras, y los franceses formaron nuevos gobiernos republicanos inmediatamente después de su ocupación. En Bolonia el tribunal local fue abolido ya el 24 de junio de 1796 por el mando francés, y en Ferrara el 22 de octubre de 1796 por el gobierno revolucionario local (Amministrazione Centrale del Ferrarese). El tribunal de Faenza fue abolido junto con el convento dominicano local en julio de 1797. El 8 de mayo de 1798 también en Rímini se anunció la supresión de casi todas las congregaciones religiosas, incluido el convento de los dominicos que era sede de la Inquisición. Los Tribunales de la Inquisición de Perugia y Spoleto fueron disueltos por un decreto del «Consejo Extraordinario para el Estado Romano», títere de Napoleón, del 2 de julio de 1809.

La fecha más tardía posible para la disolución de los tribunales restantes en el Estado Eclesiástico, que caía dentro de las fronteras del Reino de Italia, es el 25 de abril de 1810. Por un decreto de esa fecha, Napoleón disolvió todas las congregaciones religiosas del reino, lo que supuso la disolución de los conventos dominicos de Ancona, Fermo y Gubbio, sedes de la Inquisición.

La invasión francesa no dejó de afectar al funcionamiento de la propia Congregación del Santo Oficio. Durante la breve existencia de la República Romana en 1798, muchos de sus documentos de los últimos años fueron destruidos por los revolucionarios. La anexión del Estado Eclesiástico por parte de Francia en 1809 condujo a la abolición de facto de la Congregación durante varios años. La Congregación, como tribunal romano de la Inquisición, fue incluida en el decreto de abolición del 2 de julio de 1809. El Papa Pío VII y los cardenales se convirtieron en prisioneros de los franceses. El secretario de la Congregación, Leonardo Antonelli (nombrado en noviembre de 1800), murió en Senigalli el 23 de enero de 1811. La decisión de Napoleón de trasladar los archivos de la Congregación a París tuvo consecuencias desastrosas, ya que la mayoría de estos recursos fueron posteriormente destruidos o dispersados.

Alternatives:Período 1814-1908Periodo 1814-1908Período de 1814 a 1908

La derrota de Napoleón Bonaparte en 1814 y el Congreso de Viena celebrado al año siguiente condujeron a la restauración del Estado eclesiástico con todas sus instituciones, sin excluir la Inquisición. Ya el 20 de mayo de 1814, el Papa Pío VII nombró un nuevo secretario de la Congregación en la persona del cardenal Giulio della Somaglia, y en los diez años siguientes se restauraron los tribunales locales de Bolonia, Faenza, Ancona, Fermo, Spoleto, Gubbio y Perugia. También se restauró el tribunal del distrito de Rimini, pero su sede se trasladó a Pesaro. Sin embargo, ningún otro estado italiano decidió restaurar la Inquisición romana. En 1816, el prelado Marino Marini fue enviado a París para recuperar los archivos de la Santa Sede, incluida la Inquisición. En vista del enorme coste del transporte, decidió seleccionar la documentación necesaria para el funcionamiento de las distintas oficinas y congregaciones y destruir el resto que se consideraba irrelevante. Lamentablemente, la mayor parte de la documentación procesal de la Inquisición entra en esta última categoría.

El Papa Pío VII reformó el procedimiento inquisitorial en 1816, entre otras cosas aboliendo el principio de no revelar a los sospechosos los nombres de los testigos y prohibiendo la tortura.

El cargo de inquisidor, ahora ocupado exclusivamente por los dominicos, siguió gozando de gran prestigio en la orden. En 1838, el inquisidor de Bolonia, Angelo Domenico Ancarani, fue elegido general de la orden dominicana. Tres sucesores de Pío VII, a saber, León XII (Annibale della Genga, 1823-1829), Pío VIII (Francesco Castiglioni, 1829-1830) y Gregorio XVI (Mauro Cappellari OCam, 1831-1846) habían sido anteriormente cardenales inquisidores, al igual que el propio Pío VII.

Poco se puede decir sobre las actividades de los renovados tribunales inquisitoriales en el Estado de la Iglesia después de 1814, ya que esto aún no ha sido objeto de una investigación histórica seria. Se sabe que la Inquisición formaba parte de la maquinaria represiva que luchaba contra el movimiento carbonariano y la llamada «secta de los liberales», es decir, las personas que se oponían al poder secular del Papa, pero no se conoce la magnitud de esta represión ni su curso exacto. También se sabe que la Inquisición era una de las principales instituciones que aplicaban las normas que limitaban los derechos de los judíos en el Estado de la Iglesia. El episodio más conocido de este periodo es el caso de la sustracción a unos padres judíos en Bolonia en 1858 de su hijo de pocos años Edgardo Mortara, que fue bautizado por su niñera. En tal caso, la ley eclesiástica dictaba que el niño bautizado debía ser criado entre cristianos. La orden de separar a Edgardo Mortara de sus padres fue emitida por el inquisidor de Bolonia, Pier Gaetano Feletti. El caso recibió una amplia cobertura en la prensa internacional y tuvo un impacto negativo en la imagen de la Santa Sede. Sin embargo, los inquisidores siguieron ocupándose de los actos que tradicionalmente eran de su competencia, como la blasfemia, la superstición, las opiniones no ortodoxas, la solicitación o la poligamia.En el siglo XIX también se publicaron otras cinco ediciones del Índice de Libros Prohibidos: en 1819, 1835, 1877, 1881 y 1900.

El fin de los tribunales locales en el Estado eclesiástico no llegó hasta la unificación de Italia por el Reino de Cerdeña en la segunda mitad del siglo XIX. Las autoridades sardas, que ocuparon las sucesivas provincias sujetas al papado a partir de 1859, abolieron los tribunales de la Inquisición. Los tribunales de la provincia de Romaña (Bolonia, Faenza) fueron abolidos por el decreto del 14 de noviembre de 1859, mientras que los de Umbría y Las Marcas por los decretos del 20 y 27 de septiembre de 1860, respectivamente. Estas provincias pasaron a formar parte del Reino Unido de Italia en 1861. El Estado eclesiástico, ahora restringido a Roma y al Lacio, sólo sobrevivió hasta 1870. La anexión de Roma no supuso la abolición de la Congregación del Santo Oficio, que era un órgano de la Curia romana, pero sí le impidió ejercer definitivamente sus funciones policiales y judiciales.

La Santa Sede no reconoció la anexión del estado eclesiástico por parte de Italia y no aceptó inmediatamente la abolición de los tribunales inquisitoriales llevada a cabo entre 1859 y 1860. Los inquisidores titulares de los tribunales locales aparecen en los documentos de la Congregación Romana y de la Inquisición Universal hasta 1880, y la propia Congregación conservó la palabra Inquisición en su nombre oficial hasta 1908.

Cuando se fundó la Congregación en 1541

El declive de la Inquisición dominicana en el norte de Europa

En Francia, el peso de la lucha contra la Reforma fue asumido desde el principio por el parlamento de París, sin mirar especialmente al poder judicial eclesiástico. En 1557 muere Mathieu d»Ory, el último Inquisidor General del Reino de Francia, cuya jurisdicción abarcaba el norte del país. Tras su muerte, se planteó la idea de reformar la Inquisición en Francia siguiendo el modelo español, y el Papa Pablo IV llegó a nombrar a tres cardenales con este fin, pero este plan encontró una fuerte resistencia por parte del parlamento parisino y se derrumbó muy rápidamente. En Lorena, en cambio, el último inquisidor, Jean Beguinet, murió en 1558. En Polonia, la inquisición papal cesó casi al mismo tiempo (1552).

Durante algo más de tiempo (hasta 1608) la Inquisición dominicana funcionó, aunque sólo nominalmente, en los Países Bajos. Ya en la década de 1620, el emperador Carlos V de Habsburgo otorgó también a los tribunales laicos la competencia para combatir la herejía y, además, creó la Inquisición holandesa mixta laico-eclesiástica, que, junto con los tribunales laicos, marginó por completo a los tribunales dominicanos. Aunque los Países Bajos fueron el centro de algunas de las persecuciones más intensas contra los protestantes durante el siglo XVI, esta represión no estaba en absoluto controlada ni coordinada por la Congregación de la Inquisición Romana y Universal. Además, los nombramientos de los inquisidores dominicanos fueron hechos sólo por las autoridades religiosas de la provincia dominicana de la Baja Germania, no por la Congregación. Los dos últimos inquisidores dominicanos, Dominique Anseau (inquisidor de Cambrai) y Jakoob van Gheely (inquisidor de Malinas), murieron en 1608.

Decadencia de la Inquisición franciscana en Dalmacia

Según las normas establecidas a finales del siglo XIII, los inquisidores de la orden franciscana actuaban en la zona de Istria y Dalmacia. Pocos años después de su creación, la Congregación del Santo Oficio comenzó a enviar a sus comisarios a la región, como Annibale Grisonio. Sin embargo, las autoridades de la provincia franciscana de Dalmacia ejercieron sus prerrogativas casi hasta finales del siglo XVI. En Istria, las actividades de la Inquisición franciscana se integraron en la estructura de la Inquisición romana, mediante el establecimiento de un tribunal permanente en Capodistria (1559), que estaba subordinado a la Congregación. En Dalmacia, en cambio, se estableció un tribunal inquisitorial en Zadar en 1578, pero no estaba dirigido por franciscanos sino por dominicos, que monopolizaron la actividad inquisitorial allí en una docena de años. El último inquisidor franciscano de Dalmacia, Giovanni Doroseo, fue desterrado de Sibenik en 1590.

La Inquisición romana en Languedoc

Después de 1557, los únicos tribunales inquisitoriales que existían en el reino de Francia eran los de Languedoc de Carcassonne y Toulouse, que se remontaban a los inicios de la inquisición papal. Es difícil determinar con precisión a partir de cuándo estos tribunales pueden considerarse parte de las estructuras reorganizadas de la Inquisición romana, pero ciertamente ya se consideraban como tales durante el pontificado de Pablo V (1605-1621). Estos tribunales no tenían una capacidad especial de actuación independiente. Ya a partir del siglo XV, su dependencia del parlamento de Toulouse aumenta progresivamente. Los escándalos de 1531-1539, cuando salió a la luz que dos inquisidores sucesivos de Toulouse simpatizaban con los protestantes, socavaron su ya no máxima autoridad. Las reformas judiciales de 1539 transfirieron los casos de herejía a los tribunales parlamentarios, lo que marginó completamente a la Inquisición. A partir de la década de 1560 se produce en Francia un proceso gradual de despenalización de la herejía que culmina con el Edicto de Nantes de 1598, que garantiza a los protestantes franceses la libertad de religión y de culto. Sin embargo, las oficinas de los inquisidores en Toulouse y Carcassonne sobrevivieron hasta finales del siglo XVII. El último inquisidor de Carcasona, Thomas Vidal, murió en 1703 y el último inquisidor de Toulouse, Antonin Massoulié, en 1706.

La Inquisición romana en Besançon

La historia de la Inquisición en Besançon y Borgoña se remonta al siglo XIII. Sin embargo, ya en 1534, el parlamento del Franco Condado asumió la jurisdicción de los casos de herejía de los tribunales eclesiásticos. Cinco años más tarde, el parlamento estipuló que cualquier acción contra personas concretas debía ser llevada a cabo por el inquisidor bajo la supervisión de funcionarios laicos y el arzobispo o su representante. Aunque el prior del convento dominicano de Besançon continuó, por referencia a la bula de Inocencio IV de 1247, considerándose ex officio como inquisidores papales, en la práctica estaban subordinados al arzobispo de Besançon, y sus poderes estaban limitados a los casos de magia herética, mientras que estaban excluidos por completo de los juicios contra los protestantes.

En 1568, el Papa Pío V emitió dos bulas por las que se creaba el tribunal inquisitorial permanente de Besançon, subordinado a la Congregación del Santo Oficio en Roma. En la primera, nombró al dominico Jean Montot como inquisidor general y a Simon Digny como su asistente. En el segundo, concedió al nuevo tribunal una parte de los ingresos de la archidiócesis. Los privilegios financieros del tribunal fueron ampliados por el Papa Sixto V en 1588. También se sabe que a partir de 1603 la Congregación se encargó de dotar de personal a la oficina inquisitorial.

El tribunal de la Inquisición romana de Besançon fue abolido en 1674, cuando la ciudad fue ocupada por los franceses, pero al último inquisidor, Louis Buhon (fallecido en 1713), se le permitió conservar hasta su muerte los beneficios vinculados al cargo inquisitorial (especialmente el priorato de Rosey).

La Inquisición romana en Colonia

El cargo de inquisidor para las metrópolis de Colonia, Maguncia y Tréveris existía desde 1435, pero a principios del siglo XVI

Después de 1606, el tribunal inquisitorial de Colonia existió de forma continuada al menos hasta la anexión de Colonia por la Francia revolucionaria en 1794. Sebastian Knippenberg, inquisidor de 1693 a 1733, se hizo famoso por el hecho de que algunas de sus obras fueron incluidas en el Índice de Libros Prohibidos de Roma en 1719, aunque conservó el cargo de inquisidor hasta su muerte. El último inquisidor de Colonia, Hyazinth Franck, fue nombrado en 1780 y aún vivía en diciembre de 1796.

Estructura territorial

La Inquisición romana era una estructura mucho menos uniforme que la española o la portuguesa. Además, operaba en varios países, por lo que las condiciones políticas locales desempeñaban un papel más importante que en la Península Ibérica. La situación se complicó aún más por el pluralismo jurisdiccional en materia de fe en sus territorios. A diferencia de la Inquisición española, la Inquisición romana nunca buscó el monopolio total de los juicios en materia de fe (in causa fidei). Dichos juicios podían seguir siendo (y eran) llevados a cabo por tribunales episcopales que, aunque no estaban jerárquicamente subordinados a la Congregación del Santo Oficio, a menudo se correspondían con la Congregación en materia de herejía y generalmente también reconocían su autoridad como tribunal superior. En ocasiones, los obispos entraron en conflicto con los tribunales locales de la Inquisición por motivos jurisdiccionales o financieros. Muchos de los funcionarios inferiores de la Inquisición (especialmente los vicarios de distrito) eran reclutados del clero diocesano y realizaban otras tareas a diario. A todo esto hay que añadir la injerencia de las autoridades seculares, que en algunos países (Venecia, Piamonte, Génova) imponen la asistencia de sus funcionarios. Los nuncios apostólicos en Venecia, Florencia, Turín y Nápoles desempeñaron un papel importante en la comunicación entre la Congregación y los inquisidores locales, así como en sus relaciones con las autoridades estatales. Además, la Congregación, como órgano de la Curia Romana, también tenía una serie de tareas de carácter eclesiástico general y a menudo intentaba influir en las acciones de las autoridades eclesiásticas en países donde no existían tribunales de inquisición, por ejemplo, intervino en juicios por brujería en Suiza, Francia, Alemania o Polonia. La situación se complicaba aún más por las relaciones del Santo Oficio con otras congregaciones y oficinas de la Curia Romana, como la Congregación del Índice, la Penitenciaría Apostólica o la Congregación de Ritos. Los propios cardenales inquisidores solían ser miembros de varias o más congregaciones al mismo tiempo, lo que provocaba dificultades adicionales en caso de disputas sobre competencias o conflictos de intereses. Todo esto creó un mosaico jurisdiccional muy complejo que hace que a veces sea difícil distinguir claramente las actividades de la propia Inquisición romana de las de otras jurisdicciones.

En general, las estructuras de la Inquisición romana consistían en:

Además, también se pueden añadir los funcionarios delegados por la Congregación en lugares específicos de forma puntual, con frecuencia denominados comisarios apostólicos (o similares). Esta institución fue utilizada con frecuencia por la Congregación durante las primeras décadas de su existencia; posteriormente perdió su importancia.

Sagrada Congregación de la Inquisición Romana y Universal (Santo Oficio)

La Sagrada Congregación Suprema de la Inquisición Romana y Universal (Santo Oficio) era una de las doce congregaciones que formaban la Curia Romana. Al principio tuvo un carácter temporal, pero finalmente el 2 de agosto de 1564 el Papa Pío IV la hizo permanente. Inicialmente (a partir de 1542) estaba compuesto por seis cardenales, pero este número era variable y fluctuaba mucho. A partir de 1564, el número se estabilizó durante casi un siglo en una decena de cardenales, pero en la segunda mitad del siglo XVII volvió a aumentar hasta una media de unos 15, y en algunos momentos (por ejemplo, en 1670 y 1708) llegó a alcanzar los 20 cardenales.

La Congregación estaba dirigida formalmente por el propio Papa, pero en realidad su funcionario más importante era el cardenal secretario de la Congregación, responsable de la correspondencia. Era primus inter pares entre los cardenales inquisidores y no se puede comparar en términos de poder e importancia con el Gran Inquisidor de España. Además de los cardenales inquisidores (titulados como inquisidores generales), la Congregación hacia 1700 estaba formada por:

A las sesiones de la Congregación, que se celebraban habitualmente dos veces por semana en el convento dominicano de S. Maria sopra Minerva, asistían también con frecuencia el Maestro del Santo Palacio, el Gobernador de Roma (como responsable de los prisioneros recluidos en el Castillo de San Angelo) y el General o Vicario de la Orden Dominicana.

La Congregación era el máximo tribunal inquisitorial. Supervisaba las actividades de los tribunales locales, entre otras cosas dándoles instrucciones y directrices, enviándoles listas de libros prohibidos, preparando y enviando formularios de «edictos de clemencia» e interrogatorios, comprobando la corrección de sus procedimientos, a menudo también revisando las sentencias; su aprobación era necesaria para la aplicación de la tortura y la pena de muerte. Nombró a los inquisidores y aprobó sus nombramientos de vicarios y funcionarios inferiores. La Congregación exigía a los inquisidores locales que enviaran informes periódicos sobre sus actividades, mantenía un archivo central y una especie de base de datos de movimientos heréticos. Cuando era necesario, intervenía en disputas inquisitoriales con otras jurisdicciones o solicitaba la extradición a Roma de herejes especialmente importantes. Desde el punto de vista eclesiástico, se encargaba de evaluar las nuevas ideas religiosas y filosóficas que surgían y, si era necesario, advertía a los fieles si las consideraba contrarias a la fe católica. También colaboró con la Congregación del Índice en la evaluación de libros sospechosos.

La Congregación también supervisaba los tribunales episcopales del Lacio y Campania en los casos de herejía, ya que en estas provincias del Estado Eclesiástico no se habían establecido tribunales inquisitoriales y la lucha contra la herejía se dejaba en manos de los tribunales episcopales.

Tribunales locales de inquisición

Los tribunales locales de la Inquisición romana no se diferenciaban inicialmente en su estructura de los de la Edad Media, aunque había una cierta estandarización en la composición del tribunal. El tribunal estaba siempre dirigido por un único inquisidor de la orden dominica o franciscana, según la división territorial entre ambas órdenes, que se estableció definitivamente en la segunda mitad del siglo XVI. Podía tener uno o más vicarios (diputados), normalmente compañeros monjes, que podían recibir ellos mismos las denuncias, examinar a los testigos y a los sospechosos, e incluso imponer penitencias en un procedimiento sumario. En el caso de los distritos inquisitoriales más grandes, especialmente los que abarcaban más de una diócesis, los vicarios eran asignados a subdistritos individuales (generalmente superponiéndose al área diocesana, pero a veces más pequeños), lo que no excluía la presencia de vicarios también en la sede del tribunal. El tribunal también incluyó al menos doce consultores, cuatro de ellos teólogos, canonistas y abogados. Además, el tribunal estaba compuesto por funcionarios menores (fiscal, notario, censores, etc.) y ayudantes legos. Estos últimos se llamaban crocesignati, miembros de cofradías laicas creadas ya en la Edad Media para apoyar (también materialmente) a los inquisidores en su labor de lucha contra la herejía. La pertenencia a estas cofradías estaba asociada a numerosos privilegios, incluidos los fiscales.

Una novedad introducida a finales del siglo XVI fue el aumento de la presencia de los tribunales inquisitoriales sobre el terreno mediante la creación de vicarios de distrito (vicariati foranei), dirigidos por vicarios de distrito (vicari foranei). Mientras que los vicarios «ordinarios» eran los adjuntos del inquisidor en la sede del tribunal o en el territorio de unidades mayores (por ejemplo, diócesis vecinas) y solían ser sus hermanos religiosos, los vicarios regionales eran sus «ojos y oídos» a nivel parroquial. Suelen ser religiosos, pero no necesariamente dominicos o franciscanos, y no pocas veces del clero laico. El vicario del distrito siempre contaba con un notario y un mensajero para hacer de enlace con el inquisidor. Sus poderes eran similares a los de los vicarios ordinarios. Esta innovación estaba relacionada con el abandono casi total de la práctica, característica de la Inquisición medieval (y todavía en uso en España), de que los inquisidores visitaran sus distritos subordinados.

El proceso de formación de una red de vicarías de distrito está bien ilustrado por el ejemplo del tribunal de Faenza. A finales del siglo XVI, el inquisidor de Faenza tenía siete vicarías que residían en las sedes de las siete diócesis que le estaban subordinadas (además de la propia Faenza), es decir, Forlì, Cesena, Ravenna, Imola, Cervia, Bertinoro y Sarsina. En 1600 se crearon los primeros cuatro vicariatos de distrito en Brisighella, Castelbolognese, Solarolo y Fognano. Un año después se crearon once más: Tossignano, Riolo, Lugo, Russi, Bagnacavollo, Cotignola, Sant»Agata, Fusignano, Porto Cesenatico, Marradi y Modigliana. Finalmente, en 1607 se añadieron otras cinco (Mordano, Bagnara, Casola, Meldola y Pozzolo). Así, el tribunal de Faenza quedó subordinado a una red de siete vicarías y veinte vicarías de distrito.

Las autoridades de la República de Venecia eran reacias a crear vicariatos de distrito y preferían la antigua institución de los vicarios. Como resultado, en 1766 doce de los catorce tribunales de la República (excluyendo Zadar y la propia Venecia) tenían un total de hasta 94 vicarios «ordinarios», y sólo 50 vicarios de distrito. En comparación, el tribunal de Módena en los siglos XVII y XVIII sólo tenía un vicario general, pero hasta 43 vicarios de distrito.

Además, un representante del obispo local tenía que sentarse en el tribunal de la Inquisición durante el juicio, normalmente el vicario general de la diócesis. El nuncio de la Santa Sede en Venecia también se sentó en el tribunal veneciano. Algunos estados impusieron la asistencia de sus funcionarios en los juicios de inquisición, por ejemplo, la República de Venecia desde 1547, la República de Génova desde 1677, Saboya desde 1728, Toscana desde 1754.

La mayoría de los tribunales eran relativamente autosuficientes desde el punto de vista financiero gracias a los decretos papales de la segunda mitad del siglo XVI, especialmente los de Pío V y Sixto V. Estos papas concedieron a muchos tribunales el derecho a recibir salarios de las rentas de las diócesis en las que actuaban, y además asignaron ciertos beneficios a los oficios de los inquisidores.

De los 52 tribunales locales permanentes, 40 estaban dirigidos por dominicos y 10 por franciscanos conventuales, mientras que el tribunal maltés estaba dirigido por un inquisidor procedente del clero secular, normalmente con rango de clérigo o prelado, a veces incluso de obispo, y el inquisidor napolitano, a partir de 1591, era siempre un obispo de alguna diócesis del sur de Italia. Sin embargo, la división entre las órdenes religiosas fue inicialmente fluida. En la diócesis de Ceneda, los tres primeros inquisidores, entre 1561 y 1584, fueron un franciscano y dos dominicos, y sólo a partir de 1584 el tribunal local fue dirigido permanentemente por franciscanos del convento de Conegliano. En Venecia, los franciscanos estuvieron a cargo de la Inquisición hasta 1560, y en Vicenza y Verona hasta 1569, tras lo cual los tribunales pasaron a manos de los dominicos. También el tribunal de Rovigo, generalmente atendido por franciscanos, fue puesto temporalmente en manos de los dominicos entre 1569 y 1590. En Ancona, los dos primeros inquisidores fueron franciscanos, pero a partir de 1566 la función fue desempeñada exclusivamente por dominicos.

Había una jerarquía oficial de tribunales dirigidos por la Orden Dominicana. Estos se dividieron en tres clases:

Entre los franciscanos conventuales no existía tal jerarquía oficial de tribunales, aunque un análisis de las carreras de los inquisidores de esta orden muestra que los tribunales de Florencia y Padua eran considerados los más prestigiosos.

De los inquisidores locales, el inquisidor de Malta tenía una posición especial. Desde 1574, fue al mismo tiempo delegado apostólico de oficio, es decir, representante diplomático de la Santa Sede en Malta y, a diferencia de otros inquisidores, siempre procedía del clero secular y no de las órdenes dominicanas o franciscanas. Por lo general, se nombraba a clérigos o prelados de alta cuna para el cargo, y muchos de ellos eran promovidos posteriormente a los más altos cargos de la Iglesia. De los 62 inquisidores malteses en activo entre 1574 y 1798, dos llegaron a ser papas (Alejandro VII e Inocencio XII), veinticinco se convirtieron en cardenales y dieciocho en obispos. A veces, los ascensos se producían ya durante el ejercicio del cargo en Malta, por ejemplo, Fabio Chigi (más tarde Papa Alejandro VII), inquisidor entre 1634 y 1639, se convirtió en obispo de Nardo ya en 1635. El Inquisidor era, junto al Obispo de Malta y el Gran Maestre de la Orden de San Juan, la persona más importante de la isla. Tenía un adjunto con el título de comisario que le representaba en la vecina y más pequeña isla de Gozo. Muchos habitantes de ambas islas pertenecían al círculo de seguidores del tribunal (familiari), principalmente por los privilegios que ello conllevaba. La residencia del Inquisidor estaba en un magnífico palacio cerca de la Iglesia de San Lorenzo en el puerto de Birgu.

Debido a la resistencia de la población local, tanto de la élite como del pueblo llano, en el reino de Nápoles el papado no consiguió establecer una red de tribunales de la Inquisición romana, al igual que, un poco antes, los españoles habían fracasado en su intento de introducir aquí la Inquisición española. Al mismo tiempo, hacia mediados del siglo XVI, la Orden de los Dominicos dejó de nombrar a sus inquisidores. Sin embargo, esto no significó la ausencia de la presencia de la Inquisición romana en este país, y mucho menos la ausencia de la represión antiherética. La actividad inquisitorial en el reino de Nápoles era llevada a cabo por los tribunales episcopales, y la supervisión de la Congregación sobre sus actividades en este sentido estaba mucho menos formalizada. En la segunda mitad del siglo XVI, la Congregación envió a sus representantes al reino de Nápoles, normalmente con el título de comisario apostólico. Por regla general, este título se otorgaba al vicario general de la archidiócesis napolitana, que era el presidente de la corte del arzobispo, pero a veces, según la antigua costumbre, también se nombraba a los dominicos para esta función. En las décadas de 1660 y 1670 los vicarios napolitanos colaboraron estrechamente con la Congregación, consultando con ella en los procesos contra los partidarios de las enseñanzas de Valdés y los judaizantes. Algunos sospechosos del territorio napolitano fueron incluso entregados a la Inquisición en Roma. Entre 1552 y 1582 se registraron en el reino varias acciones antiheréticas importantes contra valdesianos, valdenses y judaizantes.

Tras casi 30 años de intentos de la Inquisición romana por influir en las actividades antiheréticas del sur de Italia a través de vicarios arquidiocesanos napolitanos o comisarios ad hoc, finalmente llegó a formalizar su presencia en el reino de Nápoles. En 1585 se creó el cargo de Ministro Delegado de la Inquisición Romana (ministro delegato della Inquisizione), es decir, el representante permanente de la Congregación en Nápoles. Oficialmente, no tenía el título de inquisidor, pero en la práctica ésta era su función y en las publicaciones menos oficiales se le denominaba como tal. Formalmente, el tribunal bajo su dirección no era plenamente autónomo, sino que formaba parte del tribunal arzobispal de la archidiócesis de Nápoles y, por tanto, estaba sometido, al menos en teoría, al vicario general de la archidiócesis, lo que no excluía, sin embargo, la posibilidad de incoar juicios por su cuenta. La actividad inquisitorial del ministro delegado se limitaba a la archidiócesis de Nápoles, pero su función era también asegurar una mejor comunicación entre los tribunales diocesanos del sur de Italia y la Congregación del Santo Oficio en Roma, para informar a la Congregación sobre la situación religiosa en la zona y facilitar así la coordinación de las actividades antiheréticas de la Congregación. Cada ministro delegado era al mismo tiempo obispo o arzobispo de una de las diócesis del sur de Italia, y el primero de ellos, Carlo Baldino, recibió su nombramiento episcopal sólo mientras estaba en funciones. Este modelo funcionó durante más de un siglo y aseguró que la Congregación tuviera un control no menor sobre la actividad antiherética en el reino de Nápoles que los tribunales formales de la inquisición en el norte de Italia.

Fuera del propio Nápoles, la dirección de los procedimientos en materia de fe en el reino de Nápoles (incluidas las diócesis de Aquino y Benevento, que eran exclaves papales en el reino de Nápoles) era competencia exclusiva de los tribunales diocesanos (la llamada inquisición episcopal). En este reino había unas 130 diócesis en total, generalmente de tamaño microscópico y con recursos materiales muy limitados. Los tribunales episcopales ejercían allí la actividad inquisitorial de forma muy irregular y limitada. Sin embargo, se registraron varias acciones antiheréticas significativas por parte de los tribunales diocesanos, incluyendo en Capua (1552, 1563 y a finales del siglo XVI).

En los siglos XVI y XVII existieron otros tribunales durante un corto periodo de tiempo (unas pocas décadas como máximo):

Tribunales episcopales y vicariatos de inquisición independientes en el Estado de la Iglesia

Muchas diócesis del Estado eclesiástico no fueron puestas bajo la jurisdicción de los tribunales inquisitoriales locales. No había ningún tribunal (aparte de la propia Congregación del Santo Oficio) en el Lacio y la Campania, por lo que en las diócesis de allí (Ostia e Velletri, Porto e S. Rufina, Palestrina, Frascati, Sabina, Albano, Alatri, Anagni, Acquapendente, Bagnoregio, Civita Castellana e Orte, Ferentino, Montefiascone e Corneto, Nepi e Sutri, Terracina, Tivoli, Veroli, Viterbo e Toscanella), los procesos in causa fidei quedaban en manos de los tribunales episcopales. La misma situación prevalecía también en las diócesis umbras de Rieti y Orvieto, en la diócesis de Ascoli Piceno en las Marcas. Sólo el puerto de Civitavecchia (en la diócesis de Viterbo e Toscanella) y las abadías territoriales de Farfa y Subiaco tenían vicarios inquisitoriales que dependían directamente de la Congregación de la Inquisición Romana y Universal. Por otro lado, las diócesis de Aquino y Benevento, que eran exclaves papales en el Reino de Nápoles, también tenían tribunales episcopales, pero bajo la supervisión del ministro delegado de la Inquisición en Nápoles.

Alternatives:ProcedimientoProcedimiento:El procedimientoProcedimiento .

El procedimiento seguido por la Inquisición romana no difiere en sus elementos esenciales del seguido por la Inquisición medieval. Los principios de actuación de oficio, el secreto de las actuaciones, la ocultación de los nombres de los testigos del sospechoso y el uso de la detención y la tortura sobre el sospechoso siguen vigentes. Sin embargo, también hubo una serie de diferencias tanto con el modelo medieval como con el utilizado por las inquisiciones ibéricas.

Al igual que los inquisidores medievales, la Inquisición romana también comenzaba sus investigaciones promulgando lo que se conocía como un edicto de clemencia, que garantizaba que aquellos que confesaran voluntariamente su herejía en un determinado periodo de tiempo (tres meses era lo habitual) serían tratados con indulgencia y discreción. Por lo general, se anuncian al comienzo de la Cuaresma. Además de los edictos de gracia estándar, también se promulgaban los llamados edictos generales más solemnes, normalmente en relación con la llegada de un inquisidor recién nombrado. Estos edictos, independientemente de su fórmula, contenían una lista de transgresiones (descritas con más o menos precisión), que los fieles estaban obligados a denunciar al inquisidor, mientras que a veces se promulgaban edictos para obtener información sólo sobre transgresiones estrictamente definidas.

Una de las innovaciones más significativas con respecto a las inquisiciones medievales o ibéricas fue el uso generalizado del llamado procedimiento sumario (procedimiento sommaria). Este fue el resultado de un breve del Papa Julio III en 1550, en virtud del cual los inquisidores obtuvieron el derecho de conceder la absolución privada a los herejes arrepentidos que confesaran voluntariamente sus errores. La reserva de Pablo IV de la absolución de los errores doctrinales a la competencia exclusiva de la Inquisición garantizó un flujo constante de autodenuncias de los penitentes cuyos confesores habían negado la absolución. Sin embargo, el procedimiento sumario no estaba reservado únicamente a los autodenunciantes. También podían acogerse a ella las personas denunciadas por otras que, al ser citadas ante el inquisidor, confesaban en la primera audiencia y mostraban arrepentimiento. El procedimiento sumario consistía en imponer al sospechoso una penitencia privada (ayuno, oraciones adicionales, etc.) sin juicio, detención o tortura, examen de testigos y juicio público y abjuración. La práctica de los acuerdos de la defensa, por la que el acusado aceptaba condiciones de clemencia, también era muy utilizada.

Si el sospechoso no se acogía al procedimiento sumario, se iniciaba un juicio formal (processo formali), en el que las principales pruebas eran las declaraciones del acusado y de los testigos, meticulosamente grabadas. Mientras duraba el juicio, a veces el acusado permanecía en prisión preventiva, aunque debido a las limitaciones físicas, a menudo se permitía a los acusados responder por su propio pie, ya que la mayoría de los tribunales disponían de cárceles muy pequeñas o incluso carecían de ellas, sino que tenían que utilizar cárceles seculares o episcopales o celdas en conventos monásticos. De acuerdo con la práctica medieval, las declaraciones incriminatorias se ponían a disposición del acusado, pero en una forma que impedía la identificación de los testigos. En estas condiciones, era muy difícil llevar a cabo una defensa eficaz. El acusado podía tratar de desacreditar a la acusación haciendo una lista de sus «enemigos mortales»; ese testimonio se consideraba automáticamente inválido, lo que podía llevar incluso a la anulación del caso si todos los testigos de la acusación estaban en esa lista. El acusado también puede solicitar el interrogatorio de sus propios testigos que declaren a su favor (aunque tiene que esperar que se le cobre por ello), pero por regla general no puede solicitar el careo con los testigos de la acusación, aunque hay excepciones ocasionales a esto.

En la fase del juicio formal, el acusado podía hacer uso de la asistencia de un abogado defensor, y en mucha mayor medida que en el caso de la Inquisición española o la Inquisición papal medieval. A diferencia de lo que ocurría en España, donde los defensores solían ser funcionarios del tribunal, en los juicios ante la Inquisición romana el propio acusado podía nombrar un abogado, aunque debía ser aceptado por el inquisidor. Sin embargo, las normas de asistencia jurídica son muy restrictivas. El abogado defensor no estaba obligado a guardar el secreto defensivo; por el contrario, estaba obligado a informar al inquisidor de las circunstancias incriminatorias del acusado que éste le había revelado y ocultado a la inquisición. El defensor tampoco podía persistir en la defensa del acusado si consideraba que éste era culpable de herejía y persistía en ella, ya que el derecho canónico prohibía prestar asistencia jurídica a los herejes. Además, al defensor, al igual que al acusado, no se le reveló la identidad de los testigos. En esta situación, el papel práctico del abogado defensor suele consistir en señalar las circunstancias atenuantes (por ejemplo, embriaguez, enfermedad mental, analfabetismo, etc.), ayudar al acusado a preparar un acto de contrición adecuado y, posiblemente, negociar los términos de una sentencia indulgente. En muchos casos, sin embargo, los abogados defensores también intentaron desacreditar las pruebas de la acusación, lo que a veces tuvo éxito y, en consecuencia, llevó a la exoneración del acusado. Sin embargo, los registros que se conservan muestran que no era raro que los acusados abandonaran los servicios de su abogado defensor y confiaran en la clemencia del tribunal, lo que a menudo era una táctica muy eficaz.

Los propios inquisidores se dieron cuenta de que las normas del proceso inquisitorial no daban al acusado y a su abogado defensor muchas oportunidades de llevar a cabo una defensa eficaz. Por esta razón, las instrucciones de la Congregación y los manuales para los inquisidores enfatizaban que la evidencia más allá de la duda razonable era necesaria para una condena.

En la fase de juicio formal, el acusado podría ser sometido a tortura. Su uso estaba permitido para obtener confesiones, aclarar intenciones y obtener los nombres de los cómplices. Sólo podían utilizarse si las pruebas eran claramente contrarias al acusado y éste, sin embargo, negaba los cargos y al mismo tiempo no podía desacreditar las pruebas de la acusación o si las pruebas indicaban que su confesión era incompleta. La tortura no está permitida durante el primer interrogatorio y debe ir precedida de dos etapas previas: una amenaza verbal de enviar al acusado a la tortura y, a continuación, la presentación de los instrumentos de tortura. A menudo, los acusados, ante tales amenazas, daban el testimonio que se esperaba de ellos y no era necesario infligirles un tormento físico. Sin embargo, si el acusado seguía insistiendo en su inocencia o daba un testimonio incompleto (en opinión de los inquisidores), era sometido a tortura. La Inquisición romana utilizaba básicamente un solo tipo de tortura, el llamado strappado (o corda). Las referencias a otros métodos (por ejemplo, la quema de pies) son muy escasas y suelen darse en el contexto de las reprimendas que la Congregación del Santo Oficio daba a los inquisidores por este motivo. Los testimonios obtenidos bajo tortura debían ser confirmados posteriormente, bajo pena de nulidad, por el acusado sin coacción. Si el acusado se retractaba de su testimonio (o no declaraba nada sobre la tortura), los inquisidores tenían la opción de repetir la tortura, liberar al acusado o continuar los interrogatorios de una manera más sutil. Los manuales e instrucciones de la Congregación advertían enérgicamente contra el abuso de la tortura y no pocas veces expresaban un abierto escepticismo en cuanto a su eficacia para encontrar la verdad. Al mismo tiempo, se hizo hincapié en que la tortura no debe provocar ningún daño corporal grave, y que siempre debe estar presente un médico cuando se aplique la tortura, que tiene derecho a prohibir el uso de la misma debido al estado de salud del acusado.

A la luz de la documentación conservada, parece que la Inquisición romana utilizó la tortura en muy pocas ocasiones, pero la escasez de materiales de juicio no permite formular conclusiones demasiado categóricas en esta materia. La correspondencia conservada en gran parte entre la Congregación del Santo Oficio y los tribunales locales muestra, sin embargo, que la Congregación concedía una gran importancia a la observancia de las normas en esta materia, y ella misma recomendaba una gran moderación y contención, y como norma exigía que las decisiones sobre el uso de la tortura fueran consultadas previamente. La Congregación también se interesó por las condiciones en las que se encontraban los detenidos.

Cuando la Inquisición se reanudó en el Estado de la Iglesia tras las guerras napoleónicas, el Papa Pío VII llevó a cabo en 1816 una profunda reforma de su procedimiento. Prohibió la tortura y abolió el anonimato de los testigos, obligando a los jueces a confrontarlos con los acusados. Además, el uso de las sanciones penales se limitó a los «falsos profetas y apóstoles de la falsa doctrina», prohibiendo su imposición a los herejes «ordinarios», y en todas las situaciones el juicio debía realizarse «para evitar la pena de muerte».

Alternatives:Sentencias y penasSentencias y sanciones

El juicio terminó con el pronunciamiento de la sentencia y, en caso de ser declarado culpable, la imposición de la pena. A partir del siglo XIII, la pena prescrita por la legislación secular y eclesiástica para la herejía era la pena de muerte si el hereje persistía en la herejía (impenitento, impenitente) o recaía en ella (relapso, reincidente). Sin embargo, de acuerdo con una práctica desarrollada en cierta medida ya en la Edad Media, no toda desviación de la fe católica se castigaba con la muerte, sino que se introdujeron múltiples grados de culpabilidad. Para que un acusado fuera condenado a muerte, sus opiniones religiosas debían ser «formalmente heréticas» (heresia de formali), es decir, el acusado debía rechazar conscientemente uno de los dogmas proclamados por la Iglesia. En otros casos, cuando las opiniones doctrinales del acusado no tocaban directamente los dogmas de la fe, podían calificarse de «erróneas» (erronea), «próximas a la herejía» (haeresis proxima) o «indirectamente heréticas» (haeresim sapiens). Los puntos de vista también pueden ser condenados por no ser heréticos, sino «escandalosos a los oídos de los creyentes» (piarium atrium offensiva), «escandalosos» (scandalosa) o «contrarios al consenso teológico». En caso de duda, la clasificación de las opiniones en cuestión atribuidas al acusado dependía de las opiniones de los asesores teológicos del tribunal, pero a menudo también era objeto de negociaciones (acuerdo de defensa) entre el tribunal y el abogado defensor. Si el tribunal llegaba a la conclusión de que las opiniones religiosas del acusado merecían ser condenadas pero no eran en absoluto heréticas, el acusado, para reconciliarse con la Iglesia, sólo estaba obligado a «revocar» esas opiniones y no a «renunciar» a ellas. En los casos más graves, sin embargo, el juicio terminaba con la declaración del acusado como «culpable de herejía» (en el caso de la herejía formal) o «sospechoso de herejía». A continuación, debía hacer una solemne renuncia (abjuración) y reconciliación con la Iglesia, que, según el grado de culpabilidad, podía adoptar las siguientes formas:

Las personas que, tras la abiuración de formali o de vehementi, volvían a caer en la herejía eran tratadas como relapsos (reincidentes) y condenadas a muerte, aunque volvieran a renunciar a la herejía.

La abjuración no se aplicaba, por supuesto, a aquellas transgresiones que no estaban relacionadas con las opiniones religiosas del acusado, sino que estaban sujetas a la jurisdicción de la Inquisición por ordenanzas específicas, aunque pudieran conllevar penas muy severas (por ejemplo, las solicitaciones).

La Inquisición romana aplicaba una gama muy amplia de castigos. En los casos más triviales, se podía incluso prescindir del castigo y limitarse a las instrucciones y advertencias. En otros casos, los castigos iban desde las medidas penitenciales habituales (rezo de oraciones, ayuno, peregrinaciones, etc.), hasta las multas, la flagelación o el destierro, pasando por la cárcel o las galeras y, en casos extremos, la pena de muerte. La flagelación se utilizaba a menudo como castigo adicional, junto con la prisión o el exilio. En los primeros tiempos, las penas «libres» se combinaban a veces con la obligación de llevar un signo de penitencia en la ropa (el llamado abitello), pero como esto hacía que los condenados fueran a menudo discriminados en la sociedad, los inquisidores estaban contentos de conceder dispensas de esta obligación, y más tarde esta práctica fue abandonada. Las penas de prisión se imponían generalmente de forma indefinida, e incluso se utilizaba la expresión «prisión perpetua» (carcere perpetuo), pero en la práctica rara vez duraban más de tres años. Además, a menudo no implicaba el encarcelamiento real del condenado, sino que adoptaba la forma de arresto domiciliario, estancia en un monasterio o incluso la simple prohibición de salir de la ciudad. Se consideraba que el castigo más duro (aparte de la pena de muerte) era el exilio a las galeras, ya que muchos convictos no llegaban a ver el final de su condena. Además, la Inquisición no siempre pudo conseguir del mando de las galeras la liberación del condenado al final de este castigo.

En los casos más extremos, la Inquisición entregaba al acusado al «brazo secular» (braccio secolare) para que recibiera el «castigo adecuado», como se denominaba eufemísticamente a la pena de muerte. Como ya se ha dicho, la pena de muerte se reservaba sólo para los culpables de herejía formal que persistieran en ella (impenitento) o cayeran en la reincidencia (relapso). Según los decretos de Pablo IV, la pena de muerte podía imponerse incluso a pesar del arrepentimiento del acusado en la primera ofensa por negar el dogma de la Trinidad, negar la divinidad de Jesús y negar la virginidad de María (decreto del 22 de junio de 1556). Además, este papa ordenó penas de muerte a la primera ofensa por celebrar la misa sin ordenación (decreto del 20 de mayo de 1557) y profanación de la Eucaristía. Aunque después de la muerte de Pablo IV estos decretos quedaron en gran parte olvidados y en el siglo XVII tales actos eran generalmente condenados a las galeras, fueron renovados y confirmados por el Papa Inocencio XI en marzo de 1677 y hay pruebas de que todavía se aplicaban en el siglo XVIII.

Aunque la Inquisición se asocia más a menudo con la muerte en la hoguera, en realidad los métodos de ejecución de las autoridades seculares sobre sus condenados eran variados. La quema viva estaba reservada sólo para los herejes impenitentes. En otros casos, el convicto era primero ahorcado, decapitado o estrangulado, y sólo se quemaba su cadáver. Estas ejecuciones a veces se llevaban a cabo en una celda de la prisión, y sólo se quemaba el cadáver en público. En el caso de los que celebraban la misa sin ordenación, a veces no se utilizaba la quema del cadáver, sino sólo la decapitación o la horca. En Venecia, el método preferido para la pena capital era el ahogamiento: el convicto era arrojado al mar con una pesada piedra atada al cuello.

A veces se imponían penas de muerte a los fugitivos. A veces, esto conducía a una «ejecución en efigie», es decir, a la quema de un retrato o muñeco del condenado, pero la Inquisición romana no daba tanta importancia a estas ejecuciones simbólicas como las inquisiciones ibéricas. También ocurría que una persona que moría durante el juicio era considerada un hereje contumaz o reincidente. En este caso, su cadáver fue formalmente «entregado al brazo secular» para su quema.

Una sentencia de muerte, aunque se pronuncie en ausencia, suele conllevar la confiscación de los bienes del condenado. En el estado eclesiástico, la confiscación se hacía en su totalidad a la Inquisición, mientras que en otros estados, parte de los bienes eran tomados por las autoridades seculares u obispos. En Mantua, los bienes del condenado se dividían al 50% entre la Inquisición y las autoridades seculares. En el Ducado de Milán 1

A partir de 1725, todas las sentencias que obligaban a los acusados al menos a la abiuración de levi requerían la aprobación previa de la Congregación del Santo Oficio.

Alternatives:Manuales para inquisidoresManuales para los inquisidoresManuales de los inquisidores

A diferencia de las inquisiciones de España y Portugal, la Inquisición romana nunca realizó una codificación uniforme de sus normas de procedimiento. Esto dio lugar a la gran popularidad de los llamados manuales para inquisidores, es decir, estudios sobre el procedimiento inquisitorial y las reglas para tratar a los herejes. Entre los siglos XVI y XVIII se publicaron en Italia numerosas obras de este tipo, algunas de las cuales se imprimieron y otras sólo circularon en forma de manuscrito. Además, también se utilizaron los manuales escritos por los inquisidores medievales. El canonista español Francisco Peña (c. 1540-1612), que se instaló definitivamente en Roma en la década de 1570, tuvo una gran aportación en este campo. Publicó en prensa y aportó comentarios a dos manuales escritos por inquisidores medievales: Directorium Inquisitorum del inquisidor aragonés Nicolás Eymeric de c. 1376 (primera edición romana en 1578) y Lucerna Inquisitorum Haereticae Pravitatis de Bernardo Rategno de Como de c. 1511 (primera edición romana en 1584). El manual de Eymerica se convirtió en el más popular de la Inquisición romana a finales del siglo XVI y principios del XVII. En el siglo XVII empezó a ser sustituido por los manuales escritos por los inquisidores romanos (o sus funcionarios), que ya tenían en cuenta los cambios organizativos y de procedimiento que se produjeron tras el establecimiento de la Inquisición romana y que, además, a menudo ya no estaban escritos en latín, sino en italiano. El más popular de estos manuales fue el del inquisidor Eliseo Masini (Sacro Arsenale), que se imprimió hasta diez veces entre 1621 y 1730. El libro de texto en latín de Cesare Carena (1597-1659), Tractatus de Officio Sanctissimae Inquisitionis, se publicó algo menos de nueve veces. Sin embargo, algunos manuales sólo circularon en forma de manuscritos.

También se publicaron en prensa algunas instrucciones elaboradas por la Congregación del Santo Oficio. Un ejemplo de ello es la Instructio pro formandis processibus in causis strigum (Instrucción para proceder en casos de brujería), redactada ya en torno a 1600 y publicada en prensa en 1657 en Roma. Esta instrucción tuvo una influencia muy fuerte en la forma en que los tribunales eclesiásticos trataban los casos de brujería no sólo en Italia, sino también en Suiza, Francia, Alemania e incluso en Polonia, donde se publicó de forma impresa en Gdansk (1682) y en Braniewo (1705).

Áreas de interés

La Inquisición romana tenía originalmente la tarea principal de combatir el protestantismo en Italia. Sin embargo, en la década de 1680 prácticamente no había grupos organizados que simpatizaran con la Reforma en Italia. En esta situación, el papel principal de la Inquisición pasó a ser el de velar por la ortodoxia de los creyentes ordinarios y combatir diversos tipos de transgresiones:

El cometido de los inquisidores incluía también las llamadas reducciones, es decir, las conversiones de musulmanes, protestantes u ortodoxos al catolicismo. No se trataba de juicios en el sentido estricto de la palabra, pero también se registraban en las actas inquisitoriales del mismo modo que los juicios. La opción de convertirse al catolicismo ante el inquisidor fue ejercida no sólo por personas criadas en una fe diferente, sino también por católicos que, como resultado de una larga estancia en la Turquía otomana (también como esclavos o prisioneros de guerra) o en países protestantes, habían abrazado el islam o el protestantismo pero deseaban volver a vivir como católicos sin temor a la persecución. Los jesuitas y los capuchinos solían mediar en la negociación de los términos de la reducción con los inquisidores.

Uno de los aspectos más estudiados por los historiadores sobre las actividades de la Inquisición romana es su actitud ante la llamada caza de brujas. Los inquisidores dominicanos de Lombardía en el siglo XV y principios del XVI fueron responsables de un gran número de juicios y ejecuciones de brujas y contribuyeron de forma significativa a promover la idea de la realidad del delito de brujería (incluyendo el vuelo del sábado). La Congregación de la Inquisición Romana y Universal, en cambio, se mostró escéptica casi desde el principio, aunque su actitud careció de consistencia en los primeros años. En 1559, el papa Pablo IV, a pesar de las dudas de los cardenales inquisidores, aprobó cuatro sentencias de muerte dictadas por el tribunal de Bolonia contra supuestas brujas acusadas de participar en los sábados, pero la documentación conservada muestra que la posición del papa estaba determinada por el hecho de que estas personas habían confesado haber profanado las hostias consagradas, mientras que la cuestión de los supuestos sábados era tratada como algo totalmente secundario. Diez años después, la Congregación del Santo Oficio ayudó a detener la caza de brujas en Lecco, desatada por el cardenal Carlos Borromeo, arzobispo de Milán. Al cuestionar las pruebas de culpabilidad, la Congregación anuló seis condenas a muerte dictadas por el arzobispo. Sin embargo, en el mismo año, cinco mujeres fueron quemadas en Siena por la Inquisición sin ninguna objeción por parte de Roma. Los casos de personas acusadas de brujería enviadas a la hoguera por los tribunales eclesiásticos (tanto episcopales como inquisitoriales) se dieron en los estados italianos hasta finales del siglo XVI, por ejemplo entre 1581 y 1582 en Aviñón (19 personas quemadas por el Inquisidor), en Val Mesolcina en 1583 (7 personas quemadas por el Arzobispo de Milán, Carlos Borromeo) y de nuevo en 1589 (unas 40 quemadas por el párroco local, Giovan Pietro Stoppani), en Velletri en 1587 (dos mujeres quemadas por un vicario diocesano), en Perugia en 1590 (una mujer quemada por un inquisidor) y en Mantua entre 1595 y 1600 (tres personas quemadas por la Inquisición), pero cada vez más el Santo Oficio intervenía en estos casos a favor de los acusados. En 1588, la Inquisición impugnó las sentencias de muerte dictadas contra las supuestas brujas de Triora por el senado de Génova; lamentablemente, la documentación conservada no responde a la pregunta de cuál fue el resultado final del caso. Durante el mandato de Giulio Antonio Santori como cardenal secretario (1587-1602), una corriente escéptica se impuso finalmente en la Inquisición romana. Redactada hacia 1600, la Instructio pro formandis processibus in causis strigum, aunque no cuestionaba la realidad de la brujería como tal, establecía normas para el tratamiento de estos casos que hacían prácticamente imposible una condena. En particular, se prohibió condenar sobre la base de las calumnias de los coacusados por brujería. Además, la Inquisición romana no consideraba la brujería como un delito específico castigado con la muerte. Las personas acusadas de brujería, aunque fueran declaradas culpables, podían reconciliarse con la Iglesia como en el caso de las acusaciones ordinarias de herejía. Esta instrucción tuvo una influencia decisiva en la práctica de los tribunales eclesiásticos italianos en los casos de brujería y aseguró que después de 1600 no participaran en la caza de brujas. Además, con esta instrucción, la Congregación también influyó positivamente en la conducta de los tribunales eclesiásticos en los países al norte de los Alpes. Sin embargo, la Inquisición no siempre pudo evitar que los tribunales seculares condenaran a muerte a las presuntas brujas. En el Piamonte, donde la libertad de los tribunales locales se vio gravemente limitada a principios del siglo XVIII, los tribunales seculares ejecutaron a varias presuntas brujas entre 1707 y 1723.

Estado de los archivos

El número exacto de juicios llevados a cabo por la Inquisición romana y las sentencias dictadas por ella, incluidas las penas de muerte, no se conocen, y desgraciadamente nunca se conocerán. Esto se debe a que los archivos de la gran mayoría de los tribunales fueron destruidos a finales del siglo XVIII y del XIX. Los gobiernos ilustrados y revolucionarios que abolieron los tribunales de la Inquisición a finales del siglo XVIII generalmente quemaron o destruyeron sus registros. Se sabe, por ejemplo, que los archivos del tribunal de Mantua fueron destruidos en octubre de 1782, y que los archivos del tribunal de Milán -que contenían actas de juicios que se remontaban ininterrumpidamente a 1470- fueron incendiados el 3 de junio de 1788 en los jardines del convento de S. Maria delle Grazie por orden del emperador José II. Los archivos de los tribunales de Padua y Verona fueron quemados por orden de las autoridades republicanas en 1797. A veces los archivos inquisitoriales fueron destruidos accidentalmente mucho antes, como los archivos del tribunal de Piacenza, alojados en la biblioteca del convento de S. Giovanni in Canale, quemados durante el incendio de dicha biblioteca en 1650. Los únicos tribunales locales cuyos archivos originales han sobrevivido y han sido identificados son:

Aunque los archivos del tribunal de Génova han desaparecido, parte de la documentación inquisitorial se ha trasladado al Archivio Storico dell»Arcidiocesi di Genova, donde, sin embargo, estos recursos no forman un conjunto independiente. El Archivio di Stato de Parma conserva un pequeño número de documentos procedentes de los archivos de los tribunales de la Inquisición de Parma y Piacenza, pero se trata casi sin excepción de documentos de carácter económico. El Archivio di Stato de Ancona también conserva un puñado de documentos de tribunales locales de naturaleza similar. También se sabe que el Archivio Storico Arcivescovile di Fermo conserva una pequeña colección de documentos inquisitoriales del tribunal de Fermo, pero aún no se ha puesto a disposición de los historiadores, por lo que se desconoce su contenido real.

En el siglo XVI y principios del XVII, en muchos distritos, especialmente en la República de Venecia, el papel principal en la lucha contra los agravios a la fe lo desempeñaban los tribunales episcopales, con la única participación auxiliar de los inquisidores. Por ello, parte de la documentación procesal de la Inquisición se depositó en los archivos diocesanos y evitó su destrucción a finales del siglo XVIII y del XIX. De este modo, se conservó la documentación de algunos de los procesos de inquisición en las diócesis de Belluno (en Archivio Vescovile di Belluno), Bérgamo (en Archivio Vescovile di Bergamo), Crema (en Archivio Storico Diocesano di Crema), Feltre (en Archivio Vescovile di Feltre) y Treviso (en Archivio storico diocesano di Treviso), pero estos recursos no deben equipararse a los archivos de los tribunales de la Inquisición. En los archivos diocesanos de Acqui Terme (Curia vescovile di Acqui), Novara (Curia vescovile di Novara), Tortona (Archivio Vescovile di Tortona) y Turín (Archivio storico diocesano) se encuentran también documentos de los procesos realizados por los tribunales episcopales en colaboración con la Inquisición.

Además, se identificaron los archivos del Vicariato de la Inquisición de Imola (en el Archivio Diocesano de Imola), subordinado al tribunal de Faenza, y del Vicariato de Lodi (en el Archivio Storico Diocesano di Lodi), subordinado al tribunal de Milán. También se han identificado importantes recursos procedentes de los vicariatos de la Inquisición de Forlì (en la Biblioteca Comunale «Aurelio Saffi»), Savona (en el Archivio Storico Diocesano di Savona-Noli) y Macerata (en el Archivio Diocesano di Macerata), subordinados a los tribunales de Faenza, Génova y Ancona respectivamente.

El estado de estos archivos varía mucho, por ejemplo, los archivos de los tribunales de Udine, Siena y Módena están completos o casi completos, mientras que los archivos de los tribunales de Bolonia y Florencia, por ejemplo, presentan graves carencias. No obstante, hay que subrayar que las búsquedas en los archivos siguen en curso y que algunos archivos diocesanos de Italia aún no son accesibles para los historiadores. Por lo tanto, es posible que la lista anterior de archivos supervivientes aumente.

Antes de 1998, algunos historiadores esperaban que las carencias derivadas de la destrucción de los archivos locales se vieran compensadas por los recursos del Archivo de la Congregación para la Doctrina de la Fe (ACDF), el antiguo Santo Oficio al que los tribunales locales informaban de sus actividades, aunque la historia que rodea el traslado de este archivo a París en 1810 y su regreso a Roma unos años después era bien conocida desde hacía tiempo. Lamentablemente, cuando se inauguró el ACDF en 1998, se confirmaron los temores de que no contuviera fondos significativos de documentación de juicios similares a los que se encuentran en los archivos centrales de la Inquisición española, aunque inesperadamente se descubrió allí el archivo casi completo del tribunal de Siena.

Estas condiciones hacen que los historiadores no puedan dar cifras precisas sobre el número de juicios de la gran mayoría de los tribunales y, por tanto, también de la Inquisición romana en su conjunto. Sólo es posible determinar un cierto orden de magnitud que entra en juego, a partir de los datos individuales obtenidos para los pocos tribunales cuyos archivos han sobrevivido y su extrapolación. La situación es algo mejor en el caso de las sentencias de muerte solamente, ya que las ejecuciones de los sub-jueces de la Inquisición a menudo se registraron también en fuentes externas. Por ejemplo, en el caso de Roma, Milán y Parma, el número de ejecuciones se reconstruye principalmente a partir de los archivos de las cofradías que asisten a los condenados durante la ejecución. La información adicional proviene de crónicas, informes diplomáticos, martirologios protestantes, documentos de archivos municipales, cartas privadas, etc. Estas fuentes compensan en cierta medida las deficiencias derivadas de la destrucción de la documentación de prueba, pero nunca garantizan la integridad del balance elaborado sobre su base.

Número de procesos

En cuanto al número de casos tratados por la Inquisición romana, hasta ahora se han publicado datos de los tribunales de Venecia, Udine, Siena, Módena, Bolonia, Nápoles, Malta y Feltre, así como del vicariato de Imola. También se han podido reconstruir datos parciales de otros tribunales (Mantua, Génova, Ancona, Faenza), pero se refieren a períodos muy cortos y no es seguro que estén completos. No en todos los casos los resultados obtenidos se basan directamente en el análisis de los recursos de los archivos de procesos existentes. Para algunos distritos (por ejemplo, Venecia, Imola, Nápoles y, en parte, Módena), las cifras publicadas se basan en inventarios de archivos que contienen listas de casos tratados por la Inquisición. Sin embargo, estos inventarios, como fuentes, tienen sus limitaciones porque:

Los datos del tribunal veneciano se basan en el inventario de archivos nº 303, elaborado en el siglo XIX y que contiene un catálogo de sospechosos desde 1541 hasta 1794, que muestra que investigó a 3.597 sospechosos durante ese periodo, con la salvedad de que el inventario no contiene casi ningún caso de los años 1593-1609 y 1611-1615. Andrea Del Col, además de constatar esta laguna, señaló que la lectura directa de los expedientes de los juicios demuestra que el inventario no enumera a todos los sospechosos. Para el periodo 1541-1560, el inventario enumera 418 sospechosos, siendo el número real 968. Sin embargo, el archivo veneciano también contiene expedientes de procesos inquisitoriales llevados a cabo en otras ciudades de la República de Venecia; en el periodo mencionado, de los 968 sospechosos, sólo 458 fueron realmente juzgados por el tribunal veneciano. De los 510 restantes, hasta 301 fueron juzgados por el comisario Annibale Grisonio en Istria entre 1548-1549 y 1558-1559; estas cifras incluyen todo tipo de procedimientos, incluidas las denuncias que no dieron lugar a cargos formales. En total, Del Col estimó que el número de casos tratados por el tribunal veneciano era de unos 4.400.

El tribunal de Siena, según los registros de juicios de la ACDF, conoció los casos de 6893 acusados entre 1580 y 1782, de los cuales 614 en las dos últimas décadas del siglo XVI, 2310 en el siglo XVII y hasta 3969 en el siglo XVIII. Sin embargo, los registros de juicios en el ACDF no cubren el periodo anterior a 1580. La documentación de este periodo anterior se conserva fragmentariamente en dos archivos locales de Siena. Teniendo en cuenta esta documentación anterior, Andrea Del Col calcula que entre 1551 y 1782 la Inquisición de Siena juzgó a unas 7.100 personas.

Los archivos del tribunal de Parma no han sobrevivido (excepto un puñado de documentos de carácter económico), pero se ha conservado un inventario de archivos de 1769, que indica que contenía 165 volúmenes de expedientes de juicios que datan de 1500 a 1768.Sobre esta base, se estima que este tribunal puede haber tratado unos 1

Los tribunales malteses recibieron entre 1744 y 1798 nada menos que 3.620 denuncias (incluidas las autodenuncias) relativas a un total de 3.049 personas, de las cuales sólo 148 fueron detenidas en espera de juicio. En cambio, en el primer período, entre 1546 y 1581, los tribunales eclesiásticos malteses (tanto el Tribunal Episcopal como la Inquisición) recibieron un total de 497 denuncias. Entre 1577 y 1670, el tribunal local recibió 3.928 denuncias, pero sólo realizó 2.104 juicios.

El Tribunal de Feltre, en los pocos años de su existencia (1558-1562), conoció un total de 62 casos, de los cuales sólo 20 fueron juicios formales y sólo 9 de ellos terminaron en condenas. Los 42 casos restantes fueron meras denuncias registradas que no condujeron al procesamiento de nadie. El Vicariato de la Inquisición de Imola, en cambio, según el inventario de los archivos, trató 742 casos entre 1551 y 1700.

Los archivos del tribunal de Bolonia contienen registros incompletos de juicios de 1543-1583, que incluyen datos sobre 156 juicios por herejía (19 de los cuales se celebraron en ausencia) y 8 juicios por brujería. Por otra parte, las actas que se conservan del tribunal de Génova muestran que entre 1540 y 1583 celebró 366 juicios, muchos de los cuales no acabaron en condena por falta de pruebas. Además, entre 1609 y 1627 hubo 28 abjuraciones públicas en Génova. El archivo florentino sólo contiene registros de 133 juicios, la mayoría de ellos de 1578-1620. Además, hay cinco volúmenes que contienen abjuraciones de sospechosos de 1636-1770.

En Mantua, entre 1568 y 1570 tuvieron lugar un total de ocho ceremonias de auto da fe, en las que se condenó a 41 personas. En Ancona, un total de 88 acusados fueron juzgados en procesos contra judaizantes en 1556. En Faenza, en cambio, entre 1567 y 1569, se detuvo a un total de 150 personas, de las cuales 78 fueron condenadas. Sólo en Roma, durante el pontificado de Pío V, se documentan 15 ceremonias de auto da fe, en las que se condenó a unas 180 personas.

La documentación encontrada en los archivos diocesanos de Crema y Treviso indica que en Crema tuvieron lugar 53 procedimientos entre 1582 y 1613 (incluyendo 44 juicios formales y 9 denuncias) y 63 entre 1622 y 1630 (incluyendo sólo 25 juicios formales), mientras que en Treviso entre 1530 y 1585 se documentan 102 procedimientos.

En su informe anual sobre sus actividades en 1796, el inquisidor de Verona, Ercole Pio Pavoni, informó de 101 denuncias, incluidas 57 autodenuncias. Las autoinculpaciones terminaron en «recursos» y medidas penitenciales, mientras que los 44 casos restantes se suspendieron y no se extrajeron consecuencias contra los denunciados. En cambio, el inquisidor de Conegliano, Francesco Antonio Mimiola, en su informe de 1795, sólo registró una autoinculpación y tres denuncias. El último inquisidor de Crema, Pietro Placido Novelli, durante su juicio por las autoridades de la República Cisalpina, afirmó que en sus diez años y medio de mandato (1786-1797) no había celebrado ni un solo juicio, sino que sólo había dado la absolución a quienes acudían a él voluntariamente.

Número de ejecuciones

Como se ha mencionado anteriormente, la base de fuentes para reconstruir el número de ejecuciones es más amplia que para estimar el número de juicios, ya que las ejecuciones también fueron registradas por fuentes externas. Los datos sobre las ejecuciones ordenadas por la Congregación del Santo Oficio en la misma Roma se reconstruyen principalmente a partir de la documentación de los archivos de la cofradía de San Giovanni Decollato, que asistía a los condenados a muerte en las ejecuciones ofreciéndoles un último servicio espiritual. Dado que estos registros no siempre dejan claro si una determinada ejecución fue ordenada por la Inquisición romana, las cifras dadas por los diferentes historiadores varían ligeramente: Del Col da la cifra de al menos 128 ejecuciones, mientras que Decker da la cifra de 133 ejecuciones. Basándose únicamente en los archivos de la cofradía de S. Giovanni Decollato, Domenico Orano dio una lista nominativa de 126 personas ejecutadas por la Inquisición en Roma entre 1553 y 1761. Un número tan elevado de ejecuciones en Roma se debió a que en el siglo XVI la Congregación solicitaba a menudo la extradición de los principales herejes italianos y asumía sus juicios de los tribunales locales para llevarlos a cabo directamente.

Los datos de los tribunales locales sólo pueden reconstruirse en unos pocos casos, pero muestran que muchas sentencias de muerte formalmente impuestas nunca se ejecutaron porque fueron pronunciadas en rebeldía, el condenado se escapó o la sentencia fue anulada por las autoridades seculares o los cardenales inquisidores.

El tribunal de Venecia dictó veintiséis sentencias de muerte entre 1541 y 1794, de las que se ejecutaron veintitrés (veintidós en Venecia y una en Brescia). La primera ejecución tuvo lugar en 1553, la última en 1724. También se sabe que una persona fue ejecutada en Venecia en 1736, condenada por el tribunal de la Inquisición de Padua por celebrar la misa sin ordenación. El tribunal de Padua condenó a muerte al menos a otras dos personas por un delito similar; fueron ejecutadas en Padua en 1611 y 1631.

En Bolonia, las fragmentarias actas de juicios que se conservan indican que entre 1543 y 1583 el tribunal dictó allí 30 sentencias de muerte, de las cuales 19 fueron ejecutadas y el resto fueron pronunciadas en rebeldía. Sin embargo, a partir de otras fuentes, es posible identificar otras catorce ejecuciones que tuvieron lugar en esa ciudad entre 1587 y 1744, así como dos ejecuciones en efigie (en 1591 y 1594), lo que daría un total de al menos 33 ejecuciones reales y al menos 13 sentencias en rebeldía.

En Ancona, 24 personas fueron ejecutadas durante la campaña contra los marranos sólo en 1556. En Mantua, en ocho auto da fe entre 1568 y 1570, se ejecutaron cuatro personas y otras ocho fueron condenadas en rebeldía. En 1581 una persona fue condenada a muerte en ausencia. Entre 1595 y 1600 se quemaron tres supuestas brujas.

Probablemente sólo hubo dos ejecuciones en Módena entre 1541 y 1785: Marco Magnavacca fue ejecutado en 1567 y Vincenzo Pellicciari en 1727. Entre 1570 y 1571 se dictaron otras cuatro sentencias de muerte en rebeldía, mientras que en Ferrara se conocen dos ejecuciones entre 1550 y 1551 y otras cuatro entre 1568 y 1570, además de al menos dos ejecuciones en efigie (en 1570 y 1572).

La Inquisición en Malta, durante todo su período de actividad, probablemente dictó cinco sentencias de muerte, de las cuales dos se ejecutaron, ya que el resto de los condenados fueron juzgados en rebeldía. Ambas ejecuciones tuvieron lugar en 1639.

Al menos seis ejecuciones están documentadas en Nápoles. En 1564 dos herejes (Gianfrancesco Alois y Giovanni Bernardino Gargano) fueron quemados en la ciudad, y entre 1633 y 1642 cuatro hombres fueron ejecutados allí por celebrar los sacramentos sin estar debidamente ordenados para ello.

En Milán, según los archivos de la cofradía de San Giovanni Decollato (que tenía un papel análogo al de Roma), entre 1568 y 1630 fueron ejecutados cuatro hombres por herejía, de los cuales, sin embargo, sólo uno fue condenado por la Inquisición local (en 1575), mientras que los otros tres fueron condenados por el arzobispo Carlos Boromeo. En 1641 se produjeron otras dos ejecuciones. Los archivos de la Cofradía de Parma muestran que en Parma se produjeron al menos dos ejecuciones por sentencia de la Inquisición (ambas en 1640 por sacrilegio), pero es posible que hubiera más, ya que en muchos casos los registros son muy lacónicos y no especifican qué tribunal dictó la sentencia de muerte y por qué delito. Al menos tres personas fueron ejecutadas en Piacenza (en 1550, 1564 y 1610).

Debido a la falta de datos fiables para la gran mayoría de los tribunales, los historiadores que evalúan la magnitud de las ejecuciones ordenadas por la Inquisición romana se basan en los pocos datos que se pueden establecer y los extrapolan. Andrea Del Col se basó en los datos totales de los tribunales de Venecia y Udine y en los datos parciales de Bolonia y Ancona, siendo el tribunal veneciano el más representativo, ya que realizó 23 ejecuciones. Teniendo en cuenta el número de tribunales locales y el número de ejecuciones llevadas a cabo en Roma, llegó a la conclusión de que la Inquisición romana en los países italianos (excluyendo Aviñón) llevó a cabo entre 1.100 y 1.400 ejecuciones reales, muy probablemente alrededor de 1.250. Francisco Bethencourt también estimó esta cifra en alrededor de 1.250, pero no especificó si se refería a las ejecuciones reales o al número total de condenas a muerte (incluyendo las no ejecutadas).

Sin embargo, el balance anterior se refiere únicamente a los tribunales de Italia y debe completarse con los datos de al menos dos tribunales de las zonas francófonas. En la ciudad papal de Aviñón, entre 1545 y 1557, se quemaron 18 partidarios de la Reforma (hugonotes) y, entre 1581 y 1582, se ejecutaron 19 supuestas brujas. Sin embargo, entre 1566 y 1574, durante las guerras de religión en Francia, el tribunal local dictó hasta 818 sentencias de muerte contra los partidarios de la Reforma, aunque se sabe que muchas de ellas fueron dictadas en rebeldía. Sin embargo, las fuentes conservadas no permiten establecer la proporción entre las condenas ejecutadas y las condenas en rebeldía. En la archidiócesis de Besançon, el inquisidor Pierre Symard quemó a 22 presuntas brujas entre 1657 y 1659, pero estas ejecuciones se llevaron a cabo en contra de los deseos de la Congregación del Santo Oficio, que lo destituyó por este motivo.

El tribunal de la Inquisición romana de Barcelona, que existió durante menos de una década, juzgó a 18 personas, tres de las cuales fueron condenadas a muerte, pero sólo se ejecutó una sentencia (otras dos fueron quemadas en efigie).

La Inquisición romana, en una forma modificada, existe hasta hoy. El 29 de junio de 1908, el Papa Pío X reorganizó la Curia Romana, como parte de la cual el nombre, ahora anacrónico, de «Congregación para la Inquisición Romana y Universal» fue finalmente descontinuado en favor de «Congregación del Santo Oficio», que se había utilizado indistintamente hasta entonces. Nueve años más tarde, el 22 de marzo de 1917, el Papa Benedicto XV suprimió la Congregación del Índice separada y la fusionó con el Santo Oficio. Esta Congregación asumió así las funciones de evaluación de la literatura y de publicación del Índice de Libros Prohibidos. Además, velaba por la ortodoxia en el seno del clero y las instituciones católicas, por ejemplo, desempeñó un papel importante en la campaña antimodernista, pero después de 1870 ya no tenía poder para arrestar a nadie ni para condenar a nadie a penas distintas de las que entraban en el catálogo tradicional de medidas penitenciales o eventualmente disciplinarias para el clero. Tres veces publicó nuevas ediciones del Índice de Libros Prohibidos: en 1929, 1938 y por última vez en 1948. A diferencia de los siglos anteriores, estas ediciones se publicaron en italiano y no en latín.

El Índice de Libros Prohibidos fue suprimido por Pablo VI en 1966.

Durante la celebración del Jubileo del año 2000, el Papa Juan Pablo II pidió perdón por los pecados de los eclesiásticos de siglos pasados, incluidas las actividades de la Inquisición. Dos años antes, en enero de 1998, este Papa había decidido abrir la ACDF a los historiadores.

Fuentes

  1. Inkwizycja rzymska
  2. Inquisición romana
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